Segregación finca rustica

Buenas noches a todos,
Os planteo mi cuestión que es la siguiente, recientemente ha fallecido mi padre. Para realizar los tramites de adjudicación de la herencia nos informan de la necesidad de segregación de una de las fincas rusticas de mi padre, ya que en el reparto de herencia que habíamos realizado así se requería. La parcela en cuestión es una rustica de secano en Andalucia con una superficie de 6,80 Hras Resultado de la segregación quedarían dos parcelas con unas superficies de 3,70 Hras y 3,10 Hras. Según tengo entendido para este tramite necesito de la autorización previa del ayuntamiento para lo cual debo de aportar al mismo un plano de la parcela original y otros de las parcelas resultantes, así como la propia solicitud para dicho tramite al ayuntamiento.
Mi duda planteada es la siguiente, y es que me comenta el ingeniero agrónomo al que me dirijo que dicha segregación no se puede realizar arreglo a la normativa nueva porque la parcela en cuestión forma parte de un cortijo. Y digo yo que tiene eso que ver, porque la parcela aparece como una finca registral única en la que solo se refleja como rustica de olivar de secano. ¿Es eso asi?
Según yo tenia entendido para estos tramites solo se requería que las parcelas resultantes no fuesen inferiores a 2,5 Hras al tratarse de secano.
De ser así, ¿no hay ninguna posibilidad de que al tratarse de una herencia en el que la parcela resultante se integra dentro de una explotación agrícola mayor, se pueda hacer alguna excepción para la autorización de esta segregación y evitar así que se tenga que escriturar esta parcela como proindivisa?
Muchas gracias por vuestra ayuda.

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