Desperfectos en vivienda

Me gustaría saber que plazo legal tiene el constructor de una vivienda nueva entregada en marzo-2008 para reparar los desperfectos habidos en la misma .

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La del constructor es de un año por defectos de ejecución. La del promotor es de tres años por daños causados por vicios y defectos de los elementos constructivos o instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad,
Un saludo
Arquitekval. Arquitectura y reforma técnica valenciana
http://arquitekval.blogia.com/
Concretamente se trata de un radiador que no calienta y al purgarlo no sale ni agua ni aire, unos cristales rayados y bastante cemento en el suelo de la terraza y otros defectillos menos importantes.
No entiendo bien las obligaciones del constructor y el promotor para que sean de uno o tres años y a cual de ellos se les puede achacar estos defectos.
Saludos
Estos plazos los marca la Ley de Ordenación de la Edificación. El promotor es el que te vende la casa y es a él al que le tienes que reclamar si procede. (El ya reclamará al constructor)
Lo del radiador considero que te lo tienen que arreglar. Respecto a lo otro ya hace tiempo que se te entregó la vivienda ( y supongo que te harían firmar una lista de repasos).
Por ello reclama al promotor.

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