Daños en un patio de un edificio
Buenas tardes:
Se trata de una comunidad de vecinos que consta de dos eficicios (uno para delante y otro para atrás) unidos entre si por un patio de luces de 18m2. Inicialmente la planta de entresuelos de los dos edificios era una sola finca. Constando en la Normas Estatutarias que podrán agrupar, segregar y cubrir los patios de forma resistente sin necesidad de consentimiento de la Junta.
En este momento están segregados en dos fincas, cada uno de ellos tienen 9 m2 de patio. En la primera escritura (d.horizontal) como figuran como una sola finca no consta como lindero el patio, y tampoco hace mención de quien es la propiedad o derecho de uso.
En este momento hay unas filtraciones de agua en el garaje, y tenemos dudas de quien debe abonarlas (la avería es como consecuencia a unas grietas en el suelo del patio, el edificio tiene más de 30 años y lo único que se hizo fue una mano de pintura).
Como los propietarios de los entresuelos, podrían haber cerrado el patio de forma resistente, si los hubiesen hecho. El nuevo patio, a la altura del 1º piso, de quien seria y a quien correspondería cualquier tipo de reparación.
Muchas gracias.