Expediente de dominio
Buenas tardes, quisiera realizar una consulta en relación a un expediente de dominio.
Miren, en Matalascañas, Huelva, el presidente quiere poner unos trasteros a nombre de una serie de propietarios a petición de ellos y el problema es el siguiente:
Esos trasteros se condedieron mediante contrato privado, por error de la promotora, ni siquiera existen como tales en el Registro de la propiedad, después de casi 27 años, quieren normalizar la situación.
El problema es que el Presidente quiere que los gastos corran a cargo de la comunidad por solidaridad a esos vecinos que llevan tanto tiempo sin tener públicamente esos trasteros a su nombre.
La única manera de hacerlos es a través de un expediente de dominio, que pienso yo que se hace porque la promotora ya no existe y tiene que ser un juez el que dictamine la adjudicación.
Por qué nos dice el PRESIDENTE que eso es un gasto que tiene que asumir la comunidad exclusivamente si yo entiendo que es un gasto que tiene que asumir el propietario por ser suya la propiedad, que tiene que ver aquí la comunidad.
Me voy a negar a pagar la cuota y probablemente necesite un abogado que me asesore, y que tendré que pagar para defenderme si me demandan por negarme.
Quedo a la espera de respuestas, gracias y saludos.
Miren, en Matalascañas, Huelva, el presidente quiere poner unos trasteros a nombre de una serie de propietarios a petición de ellos y el problema es el siguiente:
Esos trasteros se condedieron mediante contrato privado, por error de la promotora, ni siquiera existen como tales en el Registro de la propiedad, después de casi 27 años, quieren normalizar la situación.
El problema es que el Presidente quiere que los gastos corran a cargo de la comunidad por solidaridad a esos vecinos que llevan tanto tiempo sin tener públicamente esos trasteros a su nombre.
La única manera de hacerlos es a través de un expediente de dominio, que pienso yo que se hace porque la promotora ya no existe y tiene que ser un juez el que dictamine la adjudicación.
Por qué nos dice el PRESIDENTE que eso es un gasto que tiene que asumir la comunidad exclusivamente si yo entiendo que es un gasto que tiene que asumir el propietario por ser suya la propiedad, que tiene que ver aquí la comunidad.
Me voy a negar a pagar la cuota y probablemente necesite un abogado que me asesore, y que tendré que pagar para defenderme si me demandan por negarme.
Quedo a la espera de respuestas, gracias y saludos.
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