Es necesario el permiso del predio sirviente para arreglar el camino servidumbre de paso?

Mi pregunta es si los dueños del predio sirviente pueden impedirle al dueño del predio dominante (yo) arreglar la calle o camino de acceso a mi casa que está en muy malas condiciones (baches, altibajos que producen charcos cuando llueve) La servidumbre de paso estaba ya constituida cuando compré la casa. A los vecinos del predio sirviente no le perjudicaría en ningún sentido que yo arreglara la calle a mi costa. ¿Tengo obligación de pedirles permiso para arreglar la calle o puedo hacerlo libremente y contra su voluntad?

Respuesta
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Para contestar a esa pregunta habría que conocer las condiciones en las que se constituyó esa servidumbre.

El caso es que la servidumbre de paso no figura inscrita en ninguna parte. Yo compré una casa que se construyó en 1945 y desde entonces se ha utilizado la servidumbre de paso, ya que es la única forma de acceder a la casa. Dicho camino de acceso está muy deteriorado, con grandes baches y piedras y se hacen grandes charcos cuando llueve. Yo le pregunté  a mi vecina si podía arreglarlo yo, a mi costa y me dijo que no. No sé a quién acudir para solucionar el problema o si puedo arreglarlo sin hacerle caso. Le agradezco de antemano su respuesta. 

En el Código Civil no está prevista esa actuación que usted pretende, el Tribunal Supremo ha dicho lo siguiente: " el titular del derecho real de servidumbre tendrá derecho a realizar íntegramente el beneficio y utilidad garantizado en el título constitutivo, pero no otro distinto ni para diferente finalidad, sin poder gravar en consecuencia al predio sirviente más allá de lo necesario para disfrutar de tal beneficio o utilidad. Tal conclusión es la que se ajusta a la doctrina de esta sala reflejada en las sentencias que se citan sobre la interpretación restrictiva de la servidumbre en cuanto supone limitación a la plenitud del derecho de propiedad sobre el predio sirviente".

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