¿Es necesario formalizar prorroga de alquiler de vivienda?

Tras finalizar periodo de 6 meses de alquiler de una vivienda. En el supuesto que ambas partes estuviesen de acuerdo en continuar, ¿es necesario formalizar la ampliación del contrato?

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Conforme a la ley de arrendamientos urbanos un alquiler de vivienda, sea cual sea la duración que se estipule en el mismo, se entenderá hecho por un año como mínimo, prorrogable a cinco a voluntad del inquilino, para cuya prórroga no es preciso firmar nada.

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