Quien tiene que declarar el alquiler tras el fallecimiento.

Mi padre falleció en Agosto del 2020 y hemos hecho la herencia ante notario en Enero del 2021.

Nos hemos quedado los hermanos con una propiedad que consta de un local y un apartamento, mi Madre de esa propiedad tiene el 70 en usufructo (que es la parte que porcentualmete corresponde al local), pagando el iva correspondiente al alquiler del local al estar alquilado e ingresando el alquiler del apartamento.

Aquí viene la pregunta, encaminada a la declaración de la renta del 2020

¿Quién tiene que declarar los ingresos del apartamento?.

De tres tres gestores diferentes dos de ellos coinciden y el otro no, unos nos dicen que tenemos que ser nosotros aunque no hayamos sido propietarios hasta Enero del 2021 y otros que al no ser propietarios no podemos. No es un tema de dinero, sino de hacerlo bien a ojos de hacienda y no tengamos problemas.

2 respuestas

Respuesta

La usufructuaria tiene que declarar sus ingresos del usufructo, si es del 70% pues éte

El resto vosotros como propietarios desde la fecha de aceptación de la herencia

Si la fecha del fallecimiento ha sido durante el añóp 2020 el gestor del difunto tiene que hacer su parte de declaración hasta la fecha de su muerte

Como veis, existen tres supuestos distintos, cada uno debe declarar lo suyo

-El difunt mientras ha vivido

-La usufructuaria mientras dure su usufructo

-Vosotros como propietarios, desde la axeptacion de vuestra parte

Respuesta

Los alquiles debe declaradlos el usufructuario, por lo tanto si su madre tiene el 70% deberá declarar ese 70% de alquileres y el 30% restante los demás usufructuarios.

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