¿Contador comunitario? Con línea de 2 fases (130 v cada una) + Neutro

No estoy seguro de si debo dirigir mi duda a este apartado, espero que me puedan ayudar.

En un edificio en el que la luz comunitaria de la escalera no esta conectada a un contador, ¿cómo se debe proceder?

Es decir, ¿es la distribuidora la que debe instalar el contador o es un instalador el que debe hacerla?

Decir que la línea del edificio esta compuesta de 2 fases (a 130 v cada una) + neutro, y que actualmente a las viviendas les llegan 220 v(2 fases) y la escalera de la comunidad esta conectada a 130v (fase -neutro).

3 respuestas

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¿No hay contador para los servicios comunitarios? ¿Ni para luz de escalera, ni ascensor, ni portero...? Alguien a conectado esa luz a algún sitio sin haber contrato...

No, es un edificio de 2 plantas con 4 viviendas, con contadores individuales a la entrada de cada vivienda, la conexión de la iluminación esta al comienzo de la línea antes de cualquier contador, por lo que habría que instalarlo, además esta conectada a fase y neutro por lo que tiene 130 v (que supongo que por normativa habría que conectarlo a 220v también) pero no estoy seguro de quien tendría que hacer la instalación del contador y de si podría surgir algún problema con la distribuidora

El problema con la distribuidora, como dice el compañero, puede ser la denuncia y sanción. La comunidad tiene que contratar con la compañía el suministro para servicios generales, con el necesario certificado de instalación de un instalador. El administrador de la comunidad debe buscar un instalador que adecue la instalación a la nueva normativa y emita el certificado. Luego con el certificado la compañía pone el contador y da de alta el suministro.

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¿Cuántos vecinos sois?

¿Teneis ascensor en la comunidad?

La decision de tener contador para servicios comunes es de la propia comunidad, que debera contratar a un electricista para que realice la instalacion correspondiente y emita el certificado de la misma. Si no teneis contador propio para ello, o bien teneis indebidamente enganchados a la corriente esos servicios comunes, o bien los mismos estan enganchados a algun contador de los vecinos. En comunidades muy pequeñas, por ejemplo, de un vecino por planta y sin ascensor, podria darse ese caso.

No alcanzo a entender para que usais los 130V en la escalera, pues con bombillas de 230V debeis de ver casi en penumbra.

Es un bloque de dos pisos, con 4 viviendas, 2 por planta, no tiene ascensor, solo iluminación.

¿Entiendo por lo que dices que no es obligatorio poner contador comunitario?

Además la iluminación no dispone de dispositivos de protección, de adaptar la instalación a 220v e instalar dichos dispositivos,¿también seria necesario emitir un certificado?

En este caso los únicos servicios generales eléctricos que tenéis supongo que serán, la antena colectiva, la luz de la escalera y el portero automático. Si no queréis tener un contador de gastos generales de comunidad tendréis que decidir a cual de los contadores de las viviendas se les asigna este gasto y como se paga el mismo, porque tenerla "enganchada" de esa manera, si la compañía descubre la perdida, podríais tener una sanción por ello, más allá de que dicha instalación carezca de las correspondientes protecciones y de que, en caso de algún problema eléctrico en la comunidad, la compañía de seguros no cubriera los daños causados. Doy por hecho que tenéis comunidad de propietarios legalmente constituida, en donde igual podríais tomar algún tipo de acuerdo en ese sentido. Te comento esto porque según el articulo 13 de la ley de propiedad horizontal, en su apartado 8, establece que: "... 8. Cuando el número de propietarios de viviendas o locales en un edificio no exceda de cuatro podrán acogerse al régimen de administración del artículo 398 del Código Civil, si expresamente lo establecen los estatutos..."

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Tenés una línea bifásica con dos fases y un neutro es algo muy común en Venezuela y en España y en otros países la compañía toma una fase y el neutro para formar los 220 voltios

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