Dar preaviso de rescisión de arrendamiento extingue el derecho al traspaso?

Soy arrendatario de una nave. Preavisé de que rescindía el contrato el 1 de enero pero me ha salido un traspaso que me conviene. ¿Todavía puedo hacerlo o he perdido el derecho al preavisar como me dice la propietaria?

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Lo hecho, hecho está. Si preavisaste, y la arrendadora no consiente que te eches atrás, no hay nada a hacer.

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En la actual ley de arrendamientos urbanos no se contempla el derecho de traspaso, más bien será una cesión de ese negocio, si es así, puede negociar a tres bandas con su cliente y la arrendadora para intentar obtener un beneficio

Te agradezco la respuesta, pero esa vía está ya cerrada. Mi duda es si a nivel legal, el hecho de dar preaviso tiene algún efecto en el derecho de cesión o este queda cancelado debido a la rescisión del contrato anunciada. A nivel puramente legal, independientemente de otras opciones o negociaciones. 

Si usted ha preavisado su desistimiento del contrato, el arrendador puede exigirle que lo cumpla, con lo cual no podrá ceder derecho alguno a esa persona interesada.

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