Arriendo y subarriendo de inmuebles

¿Cómo se contabilizan estas operaciones? ¿Qué diferencia existe entre el arriendo y el subarriendo?

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El ARRENDAMIENTO es la cesión de uso de un inmueble o de una parte del mismo por su PROPIETARIO a un tercero.
El SUBARRENDAMIENTO es la cesión de uso de un inmueble o de una parte del mismo por el ARRENDATARIO a un tercero, previo conocimiento y autorización del PROPIETARIO ARRENDADOR.
Generalmente, el PROPIETARIO ARRENDADOR consiente en el SUBARRIENDO a cambio de una parte de la RENTA generada por dicha operación.
Desde la perspectiva contable, el esquema de registro es el siguiente:
En el momento de recibir la Factura del PROPIETARIO (arrendador) de la nave
(6210)
Por el importe del ARRENDAMIENTO pactado en el Contrato.
(472)
Por el importe del IVA soportado.
A (4100X000)
Por el importe TOTAL de la factura de arrendamiento.
En el momento de efectuar el PAGO de la factura de arrendamiento
(4100X000)
Por el importe TOTAL de la factura de arrendamiento.
A (47519000)
Por el importe de la RETENCIÓN practicada sobre el alquiler devengado.
A (572)
Por el importe líquido satisfecho por el arrendamiento.
En el momento de emitir la FACTURA DE SUBARRIENDO por la parte de la nave utilizada por la otra empresa
(4400Y000)
Por el importe TOTAL de la factura de subarriendo.
A (752)
Por el importe del SUBARRIENDO pactado en el Contrato.
A (477)
Por el importe del IVA repercutido.
En el momento de COBRAR la FACTURA DE SUBARRIENDO por la parte de la nave utilizada por la otra empresa
(572)
Por el importe líquido percibido por el subarriendo.
(47319000)
Por el importe de la RETENCIÓN soportada sobre el subarriendo devengado.
A (4400Y000)
Por el importe TOTAL de la factura de subarriendo.
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. Le agradeceré que FINALICE la pregunta VALORANDO mi respuesta A LA MAYOR BREVEDAD. Siendo un foro gratuito, la única retribución de los expertos es la valoración que los consultantes hagan de nuestras respuestas. No dude en formular NUEVAS CONSULTAS (una vez finalizada y valorada ésta) para resolver sus dudas.

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