IVA en las dietas de los trabajadores

Con las nuevas exigencias de la CRA debemos de incluir siempre las dietas en las nóminas (estén exentes o no), hasta ahí todo claro.

Nuestro trabajadores tienen una tarjeta de crédito a su nombre, pero la cuenta es de la empresa.

Debido a los tiempos que tenemos desde la empresa matriz, hay que cerrar la contabilidad del mes a finales del mismo, pero nuestros proveedores nos envían la factura al inicio del mes siguiente. Así que, lo que hemos hecho ha sido que cada trabajador de la empresa a pasado a ser proveedor se sus propios gastos. De modo que a final de mes hacemos un asiento:
629. Dietas a (4xx) Proveedor, trabajador 1
472. IVA soportado (4xx) Proveedores, fras pte de recibir
De aquellos restaurantes que sabemos que vamos a obtener una factura y nos podremos deducir el IVA los ponemos en fras pte de recibir y del resto de tickets que sabemos que no vamos a poder deducir el IVA al proveedor, trabajador.
Cuando nos llega la factura, cancelamos fras pte de recibir contra el proveedor que sea (BAR CASA PEPE) de modo que nos estamos deduciendo el IVA.
Vale, la pregunta es: ¿Qué hago con el IVA que me estoy descontado? Por que no me parece justo que le ponga al trabajador en su nomina el importe con IVA, cuando yo me lo deduzco. ¿Qué cuenta puedo usar para la diferencia del IVA?

¿Dónde lo pongo?

1 respuesta

Respuesta

No me cuadra algún tema de tu consulta

Las dietas son importes que se le abonan a los trabajadores para compensar el gasto habitualmente de manutención y estancia que ellos han tenido consecuencia de su desplazamiento desde su centro de trabajo habitual a otro para desarrollar su actividad. Si tienes una factura entiendo que la misma ira a nombre de la empresa y por tanto la contablizaras tanto a efectos de IVA como de gasto y por tanto dicha factura ya no formara parte de dieta dado que existe una factura que la empresas se esta deduciendo.

Por tanto lo que en mi opinión debería contabilizarse como dieta a efectos del CRA y en la clave L05 en el modelo 190 exclusivamente son esos tiques que no tenéis facturas y que corresponden a gastos que el trabajador soporta (no la empresa) por los motivos expuestos en el párrafo anterior... desplazamiento del trabajador de su centro de trabajo habitual a otro a desarrollar su actividad

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