Incapacidad perm por sentencia judicial me retienen para IRPF

Tengo concedida una incapacidad permanente por sentencia judicial.
La seguridad social me hace retención para IRPF que al año siguiente al presentar la declaración me lo devuelve al estar exenta de tributación.
¿Qué debo de hacer para que no me retengan?

Respuesta
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  • Si tu prestación es por incapacidad permanente total está sujeta a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y sometida, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto, con las siguientes excepciones:
    • En las provincias vascas las pensiones de incapacidad permanente total, aunque no exentas, lo estarán a partir de los 55 años, si no se acreditan rentas, y, en todo caso, en el periodo impositivo en que se perciban por primera vez. En Álava esta exención también se aplica a los titulares menores de 55.

Perdona, pero creo que estás equivocado, están exentas en toda España.

Perdón me equivoque, lo que tengo es una incapacidad permanente ABSOLUTA.

Te dejo el enlace de la Seg Social que te lo aclara:

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/GestionPago/39169 

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