Hacer testamento sobre piso avalado

Voy a avalar a mi hermano para la compra de un piso.

Está teniendo problemas para poder hacerse un seguro de vida con el banco por ser diabético.

Mi pregunta es si dado que no tiene pareja ni hijos, si en vez de hacerse un seguro de vida, puede hacer testamento a mi favor, de tal forma que si fallece, aunque yo me tenga que hacer cargo de la hipoteca, ese piso pase automáticamente a mi, dado que somos 5 hermanos más y mis padres.

A lo mejor no es tan sencillo esto o hay otras soluciones. Lo que no quiero es que si pasara algo tuviera que pagar yo la deuda, y encima el piso no fuera para mi.

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El testamento es un acto personalísimo que no solo está gobernado bajo la más absoluta privacidad, sino que puede cambiarse hasta el último momento, lo que, unido a la nulidad de los pactos sucesorios, hace que su idea sea como mínimo inviable. Usted va a avalar, pero no va a poner dinero que tengan que devolverle. El aval no es más que una mera posibilidad de responder, que posiblemente ni siquiera se cumpla, por lo que cobrar un precio tan alto como la propia casa solo por prestar la fiabilidad personal patrimonial. Inscriba usted su aval tras la hipoteca del banco, y así se garantizará la protección que busca. El hecho de que el banco tenga esa norma con respecto a los diabéticos no significa que su hermano no vaya a sobrevivirle muchos años a usted. Entre nosotros, los diabéticos insulinodependientes, tenemos la sólida creencia de que quien se compadece de la enfermedad ajena no sabe la que le espera.

Gracias por responder.

Parece que lo que propongo es algo que le estoy imponiendo a mi hermano, y nada más lejos de la realidad. Estoy haciendo todo lo posible para que tenga su piso y por eso lo estoy avalando.

Me fastidia que por ser diabético le pongan tantas trabas por asegurarse, o si lo hacen sea con una cuota muy elevada. Por eso buscaba otras soluciones. Lo que yo propongo es que él se ahorre ese dinero del seguro de vida, pero en cambio yo tenga algún respaldo por si le pasa algo, dado que la vida da muchas vueltas y somos muchos hermanos con sus respectivas mujeres y podría haber problemas en un futuro si pasara la desgracia de que falleciera antes que yo y el piso estuviera aún hipotecado.

¿En que consiste eso de inscribir el aval tras la hipoteca?

Saludos

Puede constituir aval en escritura pública e inscribirlo en el Registro de la Propiedad, después de la hipoteca. En el caso de muerte de su hermano, tendrá usted que pagar la hipoteca, pero a cambio podrá ejecutar el aval y quedarse con la casa.

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El seguro de vida no es obligatorio, al menos para algunas entidades, simplemente bonifica, que ya es mucho, el crédito bajando, si se contrata, el interés a pagar.

Quizá le merezca la pena valorar contratar sin esa bonificación, o contratar con otra entidad que no lo bonifique.

¡Gracias! 

Si, el tema es que cuando ya tenía hasta la fecha de firma de ha tenido que anular todo por el seguro. Vamos a ir mirando otras opciones a ver.

Por ley sólo es exigible, me parece recordar, el seguro de hogar, pero no el de vida. (El banco naranja tiene buenas opciones, yo lo he contratado con ellos hace apenas unos meses)

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