¿Qué hacer si una parte mayoritaria de los vecinos ( 57% de cuota) se niega a crear comunidad o pagar ningún gasto de comunidad?

En una comunidad de 4 vecinos en Palma sin comunidad constituida ( 3 pisos y un local) Dos vecinos de la misma familia y que represetan el 56% de la cuota de la propiedad se niegan a crear una comunidad de manera oficial y también a contribuir en cualquier gasto de la comunidad ( pintura, limpieza, fondo de renovación, ¿etc)?

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¿Podríamos dos vecinos con 44% de la cuota y después de la convocataria de la junta crear la comunidad de vecinos si no vienen a la junta? Y si vienen a la reunión, ¿juntan sus votos y votan en contra?

Con respecto a los gastos de la comunidad ( Limpieza, luz, etc.) ¿Y si no hay comunidad establecida cual es el proceso para reclamarlos al resto de vecinos? ¿Si queremos hacer un seguro de la comunidad podemos contratarlo los dos propietarios decentes y pedir la parte proporcional a los otros por vía judicial?

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Cuando no hay más de 4 vecinos, pueden no constituir la Comunidad de Propietarios y acogerse al régimen de Comunidad de Bienes establecido en el artículo 398 del Código Civil, si así lo establecen los Estatutos (artículo 13.8 de la LPH). En ese caso, por tanto, no se puede obligar a una mayoría a constituir la Comunidad (por supuesto, serían libres de hacerlo, si la mayoría estuviera a favor de ello).

No obstante, que no esté constituida la Comunidad no implica que no deban contribuir a los gastos comunes. Pero, de igual forma, esos gastos comunes deben ser aprobados por las mayorías necesarias. Es decir, una minoría no puede decidir que se contrata un servicio de limpieza (por ejemplo) y exigir el pago al resto.

Muchas gracias por su respuesta. Esto quiere decir que si no quieren renovar la fachada o contratar un seguro de la comunidad, ¿no están obligados? Y si hacemos la renovación nosotros, ¿no podemos exigirles el pago? En cuanto a la limpieza de la escalera, imagino que el vecino del local no tiene porque contribuir sino tiene acceso ni uso de ella, ¿verdad? Me parece una evidencia que alguien tendrá que limpiar la escalera de vez en cuando y pagar la luz de la escalera y es muy fácil para el vecino fradulento decir que se opone y que el no ensucia, ni necesita luz...

Saludos

Quiere decir que están obligados a hacer (y pagar) lo que sea exigible o lo que se haya acordado por mayoría suficiente.

Es decir, no se pueden negar a realizar y pagar obras necesarias (imprescindibles) para el mantenimiento del edificio. Pero ustedes no pueden decidir por ellos la contratación de un seguro o de una empresa de limpieza y esperar que ellos estén dispuestos (ni obligados) a pagar.

Por supuesto, también están obligados a pagar los servicios actuales. Si tienen luz de la escalera, deberán pagarla entre todos. No están exentos por el hecho de "no necesitarla".

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