¿Red eléctrica puede aumentar la tensión de unas líneas que pasan por terreno rústico sin solicitar nueva licencia?

Hace un año compramos una finca rústica por la que pasaban los cables de una torre de alta tensión de 220kv. La torre está situada en otra finca pero los cables pasan por encima de nuestro terreno. Como cuando compramos la finca, los cables ya estaban ahí, sé que no podemos hacer nada. El problema viene porque ahora quieren aumentar la tensión de esa instalación a 400kv y mi pregunta es si pueden hacerlo sin tener en cuenta a los propietarios de las fincas por las que pasa el tendido. Entiendo que cuando se dio la licencia de la torre, se indicaría que tensión iba a pasar por ahí, por lo que creo que si van a aumentar la tensión, necesitarían otra licencia y que los dueños de las fincas afectadas den su consentimiento de nuevo. ¿Estoy en lo cierto? Si deben solicitar una nueva licencia por el aumento de la tensión, ¿podemos nosotros recurrir/paralizar esa licencia ya que las líneas pasan por nuestra finca?

En la finca tenemos construido una edificación que tiene la clasificación de edificación fuera de ordenación pero tiene la licencia y está registrada. Como esta edificación está antes de la ampliación de la tensión de las líneas ¿Tenemos posibilidad de paralizar el aumento de tensión? ¿A qué distancia mínima debería estar el tendido de la edificación?

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Lamento decirle,,,, el codigo civil en su art 549 define claramente las servidumbres de utilizacion por las Cias Eléctricas para los tendidos de AT en terrenos rusticos,

Siempre que éstas Empresas puedan demostrar, que ese tendido de AT sea de los Volt que sean, es necesario por la necesidad social en la demanda de energia eléctrica, tienen derecho, hasta que los poderes publicos decreten la expropiacion de los terrenos,,, (caso de impedimento por parte de la propiedad)

En otras palabras, la ley está de parte de las Cias eléctricas (en terrenos rusticos) por tanto la propiedad del terreno, queda limitada por la necesidad social del suministro de energia,,,

Antes de realizar los tendidos, el propietario puede realizar objeciones por la via civil, pero,,, el 99% de las demandas suelen quedar desestimadas, (siempre sobre terrenos rusticos)

No obstante, puede solicitar asesoramiento legal en un bufete de abogados, y en su caso actuar contra la Cia Eléctrica, yo personalmente se lo desaconsejo,,, gastaria el dinero y, total para sacar la cabeza caliente y los pies frios,, pero si lo quiere intentar aqui le dejo un link informativo sobre la ley y la norma, es de un bufete de abogados, con el cual a mi no me une ningún interés en absoluto,, pero le puede informar a Utd

Por otra parte, piense que los tendidos eléctricos en España, (y otros paises) atraviesan su recorrido en el 95% sobre miles y miles de terrenos rusticos, los cuales tienen la propiedad limitada, por servidumbres de paso que atiendan a necesidades sociales, como es el caso de la electricidad, la telefonia fija y movil, canalizacion de aguas, gas, etc, etc,,

http://abogadosdelaenergia.blogspot.com/2013/04/la-servidumbre-de-paso-electrica.html 

El tendido puede ser aereo, o subterraneo, la eleccion es de las Cias.

Muchas gracias por su respuesta. Me queda completamente claro

De nada,,, a su disposición,.

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