Construir lindes de calle y/o carretera

Estoy pensando en comprar un terreno y estoy un poco perdido entorno a la distancia que debo respetar a las lindes del terreno vecino.

He estado leyendo mucho y me ha quedado claro que debo dejar 3 metros de separación del terreno colindante para edificar y construir ventanas sin ningún problema. ¿Podrían confirmármelo?

Por otra parte y es la gran duda que tengo. En dos de las lindes (una esquina haciendo L) dan a una calle muy pequeña y a otra calle y/o carretera. ¿Puedo construir (sin dejar la separación de 3 metros) al borde de mi linde (respetando la acera de una de las calles y sin pasarme de mi linde en la otra (no hay acera es camino de tierra que hace de calle)y después abrir ventanas a la calle?

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Todo eso son medidas urbanísticas que le tiene que aclarar el Ayuntamiento. Pida una certificación en el departamento de urbanismo y le vendrán las normas aplicables, distancias y demás requisitos técnicos. Lo que usted menciona sobre la servidumbre de vistas son distancias contenidas en el código civil, que cede ante la norma especial urbanística.

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