Instalación de la máquina de aire acondicionado en la fachada.

En nuestra comunidad de vecinos (en Madrid capital) estamos viendo la posibilidad de instalar las máquinas de aire acondicionado de los particulares en la fachada. Algunos vecinos creen que sí se cumple la normativa si lo instalamos y otros no. Mi duda es, si finalmente por votación se decide que se puede instalar y más tarde tenemos problemas con el ayuntamiento porque resulta que no cumple la normativa, quién sería responsable, ¿la comunidad al completo o solo los vecinos que votaron a favor? Por ejemplo, si yo voto en contra y finalmente se instala, ¿tendría qué asumir con mi porcentaje de coeficiente una posible multa a la comunidad o coste de restaurar la fachada?

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Respuesta

Primero hay que saber si el Ayuntamiento lo permite. Lo mejor es hacer la consulta por escrito para que no quepan dudas. Puede darse el caso que en ciertas calles sea que si y en otras no. El segundo paso es tener la aprobación de la Comunidad de Vecinos. Requiere la presencia en asamblea de los 3/5 de los propietarios y el voto favorable de los 3/5 de los asistentes. Pero habría que ver si en vuestros estatutos se establece alguna norma distinta, o si en Madrid la cosa es diferente.

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