Puedo desgravación 2 viviendas habituales e hijo viviendo en ciudades diferentes?

A ver si me pueden ayudar. Mi pareja y yo tenemos cada uno una vivienda en propiedad en ciudades y comunidades autónomas diferentes en los que cada uno hemos vivido solos mas de 2 años cada uno. Al poco tiempo de conocernos decidimos casarnos en régimen de separación de bienes aunque cada uno seguía manteniendo su domicilio fiscal en sus respectivas ciudades, pues cada uno vive y trabaja entre semana en dichas ciudades. Por todo esto hasta ahora nos hemos estado cada uno desgravando su respectiva vivienda en su declaración individual. ¿Podría decirme alguien si lo estamos haciendo bien o por el contrario deberíamos dejar de hacerlo y regularizar lo que corresponda?

Por otro lado este año se complica la consulta y es porque el año pasado tuvimos un hijo. El niño vive co n la madre pero realmente todos los gastos de este los pagamos a medias aunque yo solo viva con ellos los fines de semana. Por esto en esta declaración además de desgravarnos cada uno la vivienda habitual de cada uno en la declaración individual, cada uno declaramos el 50% del niño. ¿Lo estamos haciendo bien?

Por favor rogaría me ayudasen con esta duda. No quiero tener problemas con hacienda.

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No estoy de acuerdo con Laura. En principio como vivienda habitual se considera aquella en la que se vive más de 183 días al año. En su caso al trabajar en municipios distintos, parece muy razonable y así lo permite la ley el que tengan dos domicilios fiscales distintos. No es infrecuente, aunque lo parezca que cada miembro del matrimonio pueda tener una vivienda habitual, porque su caso no es habitual, pero tampoco es tan extraño. A veces se tiene que trabajar dónde haya trabajo.

Respecto al niño, hay que indicar lo siguiente:

Hacienda ya admite que la convivencia no tiene que ser física, sino que puede ser también económica, por ejemplo si un hijo está estudiando en la universidad no convive con los padres, porque no esta en el mismo domicilio, pero sus padres lo sustentan, le pagan el alquiler de su casa, etc, y se viene admitiendo la deducción por descendientes por mitad.

Pues bien, por idéntico motivo y teniendo en cuenta, que ustedes forman un matrimonio, sin que haya separación legal judicial o divorcio, no veo la razón porque no puedan deducírselo por mitad, siendo irrelevante que estén en separación de bienes. Es hijo común de ambos, asi constará en el libro de familia, y será un elemento de prueba totalmente ajustado a derecho. Cuestión distinta hubiera sido si su mujer tuviera un hijo de un anterior matrimonio, en ese caso usted aunque conviviera con ambos, nunca tendría derecho a la deducción del 50%, siempre recaería sobre su mujer (madre).

¡Gracias! Muchas gracias Juan. Así mismo pienso yo pero no sabia si era correcto. Con lo que me indica me quedo más tranquilo.

Gracias y saludos

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En teoría si nos casamos el domicilio fiscal pasa a ser el mismo y solo uno

Muchas gracias por tu información Laura pero si eso fuese así algo no me cuadra. Con el 100% de seguridad tenemos domicilios fiscales diferentes. Cada uno en la casa que compramos de solteros. Así esta registrado en hacienda.

Gracias

Saludos

Lo que he comentado es lo habitual, por lo que si pasamos a tener un solo domicilio fiscal, somos nosotros los que lo debemos notificar a hacienda.

En vuestro caso no es el mismo, por lo que corréis el riesgo de que os revisen y pidan explicaciones y ver si lo aceptan.

Si os ponéis como unidad familiar, en teoría solo podéis estar en un domicilio fiscal, aunque entre semana vivas en otro por tu trabajo.

Depende como lo declaréis y, ahí esta el riesgo de revisión por "incoherencia" de datos (ejemplo, unidad familiar y dos domicilios, por no ser habitual)

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