Importancia a la hora de firmar un contrato u otro. "distribuidor " o "de comisión mercantil"

Me dispongo a firmar un contrato, pero tengo mis dudas ya que el fabricante define su contrato como "de comisión mercantil" y yo por la situación que tengo, es decir, empresa dedicada a casi lo mismo que el fabricante y con más acuerdos firmados con empresas de productos similares (productos educativos) entiendo que debería de firmar un contrato de distribución sin exclusiva.

Si se cambian las cláusulas en las que no estoy conforme, ¿el nombre o tipo de contrato tiene importancia? La verdad que se debería de cambiar más del 50% por lo que a mi modo de entender el deberíamos de iniciar un nuevo contrato más acorde con mi situación, pero el fabricante se apoya en que otros han firmado ese contrato (yo no lo se) y que tiene que ser un contrato similar al de todos firmen, por eso de no tener cada uno un contrato diferente.

¿Qué consejos me pueden dar?

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Lo importante no es el nombre del contrato sino las clausulas que firmes que son las que obligan a las partes independiente de su denominación. Es obvio que un contrato de distribución tendrá clausulas sobre territorio de actuación, pero también podría tenerlo el de comisión mercantil.

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