Administrador obliga a dirección de correo electrónico.

Mis 4 hermanos y yo tenemos una sociedad limitada, heredada de mis padres, que ha estado funcionando con normalidad hasta hace aproximadamente un año que uno de mis hermanos, el administrador único, está tomando decisiones y haciendo lo que le viene en gana. Se que lo puede hacer por ser el administrador pero va en contra de la mitad de la sociedad. Ahora nos amenaza diciendo que no va a mandar ni responder a las direcciones de email que hasta ahora usábamos que son nuestros emails para todo y con las que nos hemos comunicado durante 10 años

El, que es informático nos a creado una dirección “[email protected].”

Y nos pide que las configuremos en nuestro ordenador.

¿Estoy obligada?

No confío en el ya que también compartíamos docs en Dropbox y como nos lo puso el, ahora nos ha boleado el acceso.

No quiero estar incomunicada porque está haciendo cosas muy extrañas la verdad está enfadado desde el momento que pidió un sueldo por ser administrador y se le dijo que no se entendía ya que tiene compensaciones sin tener porque

¿Me puede obligar a tener esa dirección por sus ...? ¿Y si de repente me quita el acceso o borra todo?

H

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No creo que esa potestad la tenga atribuida en los estatutos. Las comunicaciones del administrador deben de ser realizadas de forma fehaciente y a dónde los socios puedan acceder a la misma, normalmente en los estatutos a efectos de juntas se indicará que debe realizarse con carta certificada. Lo que tienen que resolver es su situación actual, veo que son cinco socios, si tuvieran igual de aportación siempre pueden destituir al administrador si no les gusta su gestión o bien pueden incluir un nuevo administrador solidario, o bien hacerlo mancomunado, aunque esto al final genera dificultades de gestión. Además se le puede limitar por junta cierto tipo de actuaciones, de tal forma que requiere el consentimiento expreso de la mayoría social.

Mala situación. El administrador puede ser informático, pero no puede obligar al resto de socios a que hagan lo que su voluntad diga, para eso están los estatutos y acuerdos para-sociales que pueden efectuarse.

Ruego valore contestación.

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Si os ha creado direcciones con el dominio de la empresa, puedes configurarlas para que las recibas en una dirección de gmail o hotmail, y así las tienes en el móvil o donde necesites, y los correos que recibas se quedaran en una infraestructura no controlable por tu hermano, ya que el dominio de la empresa entregaría los correos a tu cuenta propia. Y lo mismo para enviar.

Si quieres te explico como se hace

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