¿Es obligatorio dar de alta el agua y la luz?

He comprado un piso como vivienda habitual para ahorrarme un dinero en impuestos, ¿sería obligatorio dar de alta el agua y la luz? He de aclarar que aún voy a vivir un tiempo con mis padres para poder ahorrar algo más de dinero por lo tanto, tener estos suministros dados de alta es un gasto innecesario.

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¿Y si lo pone en alquiler? Ganara algo y mantendrá todos los servicios. Una vez dados de baja, reactivarlos le pueden suponer la exigencia de los estándares actuales y si esa vivienda tiene más de 10 años, igual no esta al día por lo que le costará más dinero.

Hola de nuevo,

No puedo alquilar el piso porque está nuevo a estrenar osea sin muebles, además es el fruto del dinero que he ahorrado tras muchos años de trabajo, no me parecería adecuado que alguien viva en el piso y lo estrene antes que yo. Los servicios aún no los tiene dados de alta, puedo dejarlo así tal cual? o hacienda verá que no es una vivienda habitual y me puede reclamar el pago de más impuestos?

A la espera que algún experto te aconseje más y mejor, es mi opinión (y no tengo base jurídica que lo apoye) que en principio que nadie debería meterse con usted si mantiene ese piso cerrado, si lo usa con y sin electricidad. Ni hacienda ni el ayuntamiento ni nadie.

Le tocará pagar cuota comunitaria, seguro de la vivienda y el IBI. Agua y electricidad son servicios de pago personalizados a su nombre y aprovechando que no han sido usados pienso que no debería tener muchos problemas si no los activa, al menos, por ahora. Y concuerdo con usted que sería un ahorro importante no tener esas cuotas cada mes, que aun sin consumir, le puede representar entre 50 y 100 euros mes.

De cualquier forma, no estaría demás preguntar en la empresa de aguas local y el suministrador eléctrico de su gusto o de su zona.

Suerte y mucho animo.

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La diferencia va a ser si es de protección oficial o no.

Según en que comunidad autónoma, son más exhaustivos en el control de este tipo de situaciones. Enterate sobre las inspecciones.

Conozco casos que les han hecho devolver un montón de dinero por no poder justificar que esa es su residencia habitual.

La casuística es interminable, hay quien deja la luz y el agua funcionando unos cuantos días para poder justificar el consumo que se considera mínimo.

La comunidad es Andalucía, en la inmobiliaria me han dicho que debo dar de alta el agua y la luz y que tengo un plazo de 6 meses máximo para hacerlo

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