Voy a comprar un piso, y estoy revisando Cargas en la Nota Simple

He cerrado el trato para comprar un piso, he sacado la Nota Simple

En la parte de “Cargas” que es lo que interesa he visto dos cosas:

La Primera referente a ser vivienda de VPO (ya lo sabia) pero por fechas está libre a la venta, no me creo problemas

La segunda es el siguiente párrafo:

La Condición resolutoria pactada a favor de Viviendas xxxxxx SA en escritura de compra autorizada por el Notario Don xxxxx, el dia 01/16/1964 en Garantía de pago del precio aplazado de 66.214 pesetas, según consta en la inscripción 3 de fecha 02/03/1966.

Constituida en la inscripción 2ª al tomo xxx, libro xx, folio xxx de fecha 11 de febrero de 1966

He estudiado el tema algo por Internet, he sacado algunas conclusiones:

Se trata de que si no se paga el pago aplazado que se hizo en su dia, la empresa que dió el pago aplazado, ejerce esta Condición resolutoria y recupera el piso. En mi caso ese plazo estaría más que pasado.

Como la Condición Resolutoria es de precio aplazado y han pasado 15 años desde la finalización del plazo, lo que dice la ley es que pasado este plazo no se podría ejercitar la Condición Resolutoria.

He de mirar bien ese tema ya que:

66.214 pesetas = 397,95€

Subida del IPC desde jul/64 a nov/17 es 2.993,2%

Si fuese esta deudas de 397,95€ a pagar, con esa subida del IPC la deuda me subiría a 11.911,44€

1 respuesta

Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie y ayude con su caso concreto.

En aquellos años, muchos pisos se pagaban directamente al constructor-promotor mediante letras y condición resolutoria. Si después de tantos años no se ha ejecutado, es que se pago... Y seguramente podrá solicitar la cancelación por prescripción, que se puede hacer en documento aparte a presentar en el Registro de la Propiedad por el actual propietario o incluso en la propia escritura de compra.

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