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levantamineto de hipoteca y/o deuda ????

Experto:
Usuario:
Fecha: 11/03/2003
Valoración: Categoría: Financiación y Créditos
09/03/2010
vicent50, usuario preguntando en Financiación y Créditos
Usuario
En noviembre de 1984,termine de pagar el piso que ahora quiero vender. El posible comprador me dice que si he realizado el "levantamiento de hipoteca y/o de deuda" y no tengo ni idea de que se trata.
¿puedes ayudarme? muchas gracias
09/03/2010
vicent50, experto respondiendo en Financiación y Créditos
Experto
Hola vicent50,
Cuando solicitas un préstamo hipotecario, se diferencia de un préstamo personal en que en el primer caso, tu vivienda responde del préstamo además de tí.
El préstamo se firma ante notario (escritura pública) y el banco inscribe esa deuda (hipotecaria) en el Registro de la Propiedad.
Si vas al Registro y solicitas una nota simple de tu vivienda (es como un historial de tu piso), aparece que está gravada con esa hipoteca.
Cuando tú terminas de pagar tu hipoteca, el banco lo sabe, pero el Registrador de la Propiedad no, por lo que sigue siempre apareciendo en el Registro.
Bien, si tú vendes ahora el piso, esa compraventa se inscribe también en el Registro pero la hipotaca sigue apareciendo, por lo que el comprador no debe soportar esa carga registral tuya.
Entonces lo lógico es que tú la canceles y además debe ser a tu cargo, es decir, tú la debes pagar.
Para cancelarla, hay que hacer otra escritura ante el notario, (la firma sólo tu banco) y después la llevan al Registro de la Propiedad para que la cancelen (ponga en el historial que ya está pagada) y así el comprador tiene su vivienda libre de toda carga.
En la práctica, si el comprador va a solicitar una hipoteca, lo normal es que te pidan un Certificado de deuda pendiente con tu banco, que es un documento en que certifican que no debes nada.
El banco de tu comprador te retendrá un importe (Provisión de Fondos) que depende del importe inicial de tu hipoteca ( lo normal, de 150.000 a 300.000 ptas).
Con ese dinero que te retienen y con el Certificado de deuda pendiente, ellos se encargan de ponerse en contacto con el apoderado de tu banco y se encargan de todo.
Pasados unos meses (sobre unos 6 ó 7), te llaman y te dan todas las facturas de lo que ha cobrado el notario, el registrador, y la gestoría, y lo que sobre te lo devuelven.
Espero que te haya aclarado tus dudas, si no, te aclaro lo que no entiendas con mucho agrado.
Recibe un saludo,
acantoi.
09/03/2010
vicent50, usuario preguntando en Financiación y Créditos
Usuario
Buenos dias:
Siguiendo tu indicación he pedido una copia simple y en ella se lee
------------------------------------------- CARGAS ------------------------------------------------
La CONDICION RESOLUTORIA pactada a favor de ANDRES SANCHEZ LUIS en escritura de compra autorizada por el Notario Don JOSE ANTONIO TORRENTE SECORUN el día veintidós de octubre de mil novecientos setenta y seis, en garantía del pago del precio aplazado de MIL NOVECIENTOS CINCUENTA EUROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS -TRESCIENTAS VEINTICUATRO MIL QUINIENTAS SESENTA Y DOS PESETAS - PESETAS, 97 MENSUALIDADES DE 3.346 PTAS. LA PRIMERA EL 22/11/76 Y LA ULTIMA EL 22/11/84 según consta en la inscripción 2 de fecha veinticuatro de octubre de mil novecientos setenta y siete.
Abusando de tu generosidad, te pregunto
¿Es necesario el levantamiento?, el banco fue el Vizcaya hoy BBVA, ¿hay que hacerlo con el notario que indica?
Muchisimas gracias
09/03/2010
vicent50, usuario preguntando en Financiación y Créditos
Usuario
perfecto, no contesté antes por rotura del ordenata, disculpas
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