Exención por reinversión de la vivienda habitual en el extranjero?

  • Fecha de compra 22 mayo 2015 - fecha de venta 1 junio 2018

Siempre ha sido mi vivienda habitual y domicilio fiscal (suministros) a la fecha establecida para la venta cumplire los 3 anos, nunca ha sido alquilada la vivienda y tampoco la alquilare’ hasta a la fecha concordada para la venta, siempre las facturas estaran acompanadas de las quotas variables

  • Residente fiscal desde el 2011 actualmente desempleado

Desde octubre del 2017 que ya no percibo el paro, y tampoco encontre’ trabajo, actualmente no estoy cobrando nada, la idea seria si fuera necesario irme unos meses al extranjero para trabajar

  • Empadronamiento en la vivieda desde septiembre 2017 (OMISION)

Como mi vivienda de propiedad se encuentra en le mismo barrio de la antigua donde tenia un contracto de alquiler, olvide de cambiar el padron, que cambie solo en semptiembre de este ano .

Me gustaria con la ganancia que obtendré de la venta de mi vivienda poder aprovechar de la compra de una nueva vivienda habitual en mi pais de origen (Union Europea), queria saber con mis requisitos :

1)¿Tendria Exención por reinversión de la vivienda habitual en el extranjero?

2) ¿Una vez finalizada la venta como tendria que gestionar el papeleo con la Agencia Tributaria?

3) ¿Cuál podria ser la mejor estrategia para no tomarme ningun riesgo en esta operacion financiera?

1 Respuesta

Respuesta

Si cumple los tres años que indica no veo ningún impedimento, siempre que reinvierta en un plazo de dos años. El hecho wue haya vivido de forma continúa en su vivienda no es preciso que se justifique con el empadronamiento, le sirven todos los medios admitidos en derecho, conserve los recibos de consumos, pruebas de su residencia en juntas de propietarios durante dicho periodo, prebas de compras de muebles y todo lo que le ayude a justificar su estancia por dicho periodo.

La Dirección General de Tributos admite la reinversión en otra vivienda habitual fuera de España. El plazo de prescripción de la comprobación es de 4 años del periodo de declaración en wue se efectua la reinversión. Cuando lo haga, procure que el notario de su país recoja en la escritura su manifestación que constituirá su vivienda habitual.

La manifestación de la exención se hace en la declaración de renta del periodo de la venta.

Salvo mejor opinión. Ruego valore la respuesta.

Muchas Gracias!

La manifestación de la exención se hace en la declaración de renta del periodo de la venta.

Como la venta esta aplazada a junio 2018, ¿me vendría mejor esperar de hacer la venta Antes de hacer mi declararacion para el ano 2017?

Ya que usted, me estas diciendo que tendría que reportar dicha manifestación en el mismo ano de la venta,tendría que hacerlo en el 2018, pero la declaración por otras cosas se refiere siempre al ano anterior..

¿Es correcto?

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