Puedo cerrar mi parte de un callejón que se usa como entrada común?

En una propiedad interior, con servidumbre de paso otorgada hacia una calle "A", en escritura (de 1992) su fondo da a un "callejón sin salida actual", el cuál se abrió por tres vecinos para acceder desde otra calle "B". El vecino del final cerró su parte del callejón hace años, pero nosotros, al llevarnos bien con el vecino de al lado no tuvimos problemas. Ahora mi vecino pone la casa en venta y no me agrada la idea de que pegado a la puerta de mi salón pasen desconocidos.

En la información catastral de acceso libre, la cartografía otorga a cada una de las tres casas la parte del citado callejón que ocupa su fondo. Adjunto imagen del catastro.

Las tres casas tienen, según copia de nota simple del registro de la propiedad, tienen entrada, con servidumbre de paso hacia la calle "A".

Mi pregunta es: ¿Puedo cerrar mi parte del callejón, que actualmente da a la calle "B", impidiendo el paso de los vecinos por mi puerta?

2 respuestas

Respuesta

No soy experto en este tema, pero por experiecias personales creo que no se puede añadir ningún elemento que entorpezca la circulación a través de la servidumbre... y una puerta se considera un obstáculo. La única manera seria con la aceptación escrita de todos los que disfrutan de esa servidumbre..

La entrada con servidumbre de paso según escrituras no es la del callejón. Adjunto imagen con nomenclatura de las calles.

Como te comentaba no soy experto en el tema, pero creo que dependerá del tiempo que lleven usando ese "nuevo" paso. Si pueden acreditar que llevan usándolo un determinado tiempo (creo que 15-20 años) podrían adquirir el derecho de paso sobre el mismo... pero estoy seguro que algún compañero de Derecho y Leyes te podrá ayudar mejor que yo, porque el tema de servidumbre, serventía, etc da para unos cuantos libros ;)

PDTA : Lo que si puedo decir es que si son viviendas de nueva construcción, urbanísticamente hablando, me sorprende la edificación de las mismas sin frente a vial publico.

¡Gracias! A ver si algún compañero de Derecho se anima, como dices. Las viviendas son de construcción antigua, como has adivinado y las cosas que se permitían hacer antes eran tremendas.

Respuesta

Entiendo que solo sirve de acceso a tu vecino (que tiene en venta su casa) y a ti. Así las cosas puedes cerrar ese paso.

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