Cómo facturar trabajo esporádico (Sin cooperativa)

En el último mes me ha surgido un proyecto para la programación de una página web y para cobrar dicho trabajo, me veo en la necesidad de facturar a la empresa, por ende necesito emitir factura. He intentado buscar en otros temas similares, pero me quedan dudas.

Mi situación es la siguiente, el total a facturar serían 4250€ y la duración del trabajo sería un único mes. Actualmente trabajo para una empresa a jornada completa que constituye mis ingresos principales y el trabajo a facturar es puntual. Nunca he estado dado de alta cómo autónomo.

1. En otras preguntas leí sobre la posibilidad de únicamente darme de alta en hacienda, ya que hay sentencias que si el monto total no supera el Salario Mínimo Interprofesional, no sería necesario darse de alta cómo autónomo. En esta solución me da miedo que al ser un trabajo de un único mes y una única factura por valor 4250€, hacienda/seg. Social tarde o temprano me imponga alguna multa.

2. Otra de las soluciones que había leído era el tema de cooperativas, pero con el tema de la investigación por parte Trabajo, me da miedo que me impongan multas o declaren ilegal la actividad.

3. Por último, la solución que tengo en mente es darme de alta cómo autónomo y constar cómo pluriactividad. Según lo que he leído tendría una bonificación del 50% de la cuota de autónomos, quedando en una cuota de 133,52 € pero según lo que leo:

"Esta bonificación será incompatible con cualquier otra como por ejemplo la tarifa plana de 50 euros. Aunque si se tiene derecho a ella, el autónomo podrá elegir cual prefiere"

No me interesa perder la bonificación de la Tarifa Plana ya que a cortor plazo (menos de 1 año) tengo pensando desarrollar mi actividad por cuenta propia, por lo que me interesa conservar la bonificación pero me surge la duda de que si me doy de alta ahora cómo "pluriactividad", en el momento de desarrollar mi actividad al 100% por cuenta propia ya no tendría derecho a esa bonificación.

1 respuesta

Respuesta

Para poder acogerte más adelante a la Tarifa Plana, el requisito principal es no haber sido autónomo en los últimos 5 años, por lo que si te das de alta ahora, no cumplirás ese requisito.

Según la ley de la seguridad social, tendría la obligación de darse de alta de autónomo aquel que realice un trabajo de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, no indica nada del SMI, pero hay alguna sentencia del Tribunal Supremo que ha dado la razón al autónomo en caso de no llegar al SMI.

En tu caso al ser solo un mes, podrías intentarlo por ahí, ya que no se considera habitual.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas