Paro, Autónomos y creación de empresas: Esta es la pregunta completa, no mires la anterior!

Intentaré ser clara y concisa porque mi situación es un tanto complicada. En primer lugar, gracias por tu atención.

A ver, en marzo de 2013 yo solicité en mi trabajo, en el cual llevo 7 años, una EXCEDENCIA VOLUNTARIA. Después de largos meses de encauzar mi futuro profesional, ahora mismo estamos mirando con mi marido de crear una EMPRESA (es una pequeña cafetería-pastelería-organización de eventos).

PRIMER CASO:

Bueno, el caso, es que en marzo de 2014 vuelvo a incorporarme a mi trabajo. Y tal vez, fuera posible que pudiéramos abrir la cafetería antes de reincorporarme al trabajo.

MI PREGUNTA ES: Podría beneficiarme de la tarifa plana de autónomos de 50€, ¿si me doy de alta en autónomos antes de volver al trabajo? Y si fuera así, una vez regresara a trabajar por cuenta ajena, y que por lo tanto me encontrara en situación de pluriactividad, me obligarían a pagar las cuotas de bonificación por pluriactividad (¿qué son más caras que la tarifa plana?).

SEGUNDO CASO:

Supongamos que abro mi negocio y que lo compagino con el trabajo por cuenta ajena. La empresa para la que trabajo está hablando de cerrar las puertas en Septiembre 2014 (no es algo seguro!).

MI PREGUNTA: Si me encontrara de alta de autónomos en el momento del despido, ya se que no cobraría prestación, pero si mi negocio cesara antes de los 24 meses posteriores a mi despido, ¿podría cobrar la prestación pendiente? He visto que para personas que crean su empresa una vez despedidos, tienen ese cojín, pero si la empresa estaba creada antes del despido, ¿también existe esa posibilidad?

OTRA PREGUNTA. Si me diera de baja de autónoma un mes antes del despido, ¿podría pedir la capitalización en forma de pago de cuota de autónomos para mi empresa ya creada y volver a darme de alta en autónomos?

ULTIMA PREGUNTA: Si mi marido fuera el que se da de alta de autónomos ahora y la e, empresa estuviera a su nombre y a mi me pone de autónomo colaborador, podré percibir la capitalización del paro si me despiden (dándome de baja de autónomo colaborador antes del despido) para invertirlo en el negocio que está a nombre de mi marido para ponerlo a mi nombre?

Perdona por tantas preguntas, pero es que tengo un lio...

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Primer caso:

Tendrías derecho a la tarifa plana de 50 €/mes pero ésta sólo dura 6 meses, luego serán otros seis meses más a 129 y otros seis más a 180 y luego a 256 (siempre y cuando no constituyas una Sociedad, si no que lo hagas como autónoma o en comunidad de bienes, pues los autónomos societarios no gozan de bonificaciones). Una vez reincorporada no tendrías derecho a mi entender al a bonificación de pluriactividad (que por otra parte te habría resultado más ventajosa, pues en lugar de 18 meses dura 36 meses aunque cada mes pagues un poco más) ya que para tener derecho a ella, la circunstancia que debe generar la pluriactividad es el alta en el RETA y no el alta en el Régimen General). Sobre si seguirías teniendo la bonificación de la tarifa plana primera de la que hablas cuando te des de alta como asalariada, si hubieras optado por ella, entiendo que sí, e incluso pagarías un poquito menos pues podrías dar de baja la cobertura de IT en el RETA con lo que te ahorrarías unos 4-6 euros al mes.

Segundo caso:

Para poder seguir cobrando el paro en la circunstancia que indicas, primero deberías tener derecho a él, luego suspenderlo por el alta de autónomos y luego reanudarlo, pero no es el caso, porque si estás de alta como autónoma en el momento del despido, en ese instante no estarás en "situación legal de desempleo" (que se denomina) pues estarás trabajando como autónoma y por tanto no tendrás derecho a prestación. Sí en cambio tendrás derecho si te das de baja de autónoma, trabajas un mes o dos meses en otra empresa en régimen general y luego podrás cobrar todo el paro generado en tu anterior empleo.

OTRA PREGUNTA.

Podrías hacerlo para constituir una cooperativa, o sociedad laboral por ejemplo en ese momento con tu marido. Creo que también lo podrías hacer para darte de alta de autónoma en una CB con tu marido, pero este extremo mejor que te lo aseguren en la oficina del SEPE de tu localidad

ULTIMA PREGUNTA: Entiendo que sí, pero mejor como te comenté en la anterior que te lo confirmen en el SEPE

Un slaudo,

Martín Varela

http://www.fiscaliza.es/

Hola Martin, muchas gracias por tus respuestas, han sido muy claras y detalladas.

Tengo una última pregunta,

Si para abrir la cafetería, creáramos una Sociedad Limitada de Nueva Empresa, tendría derecho a algún tipo de bonificación en la cuota de autónomos? O pagaría los doscientos y pico euros de siempre?

Muchas gracias.

Los autónomos societarios no tienen derecho a las bonificaciones, así que no, no tendrías bonificación

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