¿ Se puede vender una herencia que tengo de mis padres sin que mis hijos puedan evitarlo ni reclamar nada?

Estoy enfermo, necesito los cuidados continuamente de una persona la cual no me es posible pagar. He pensado pagarle con la casa en la que vivo que herede de mis padres. ¿Pueden mis hijos evitarlo de algún modo? Si fuera así, hay algún modo como por ejemplo venderla en vida y ser yo usufructuario, ¿para qué no puedan ellos acceder a nada?

¿Cuál seria la mejor solución?

Mis hijos se oponen pero no quieren saber nada de mi, ni cuidarme ... Me han abandonado en dicha casa y estoy separado. Están empeñados en ingresarme en un centro lo cual yo me niego.

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Por supuesto que puede vender la casa, puede venderla si necesita el dinero. Lo único que no puede hacer es regalarla porque eso perjudicaría a su hijos y a usted no le beneficiaría, pero si lo necesita la puede vender y gastar hasta el último céntimo.

He conocido varios casos en que la persona propietaria vende su casa, reservándose el usufructo a cambio de un dinero mensual. Hay empresas que se dedican a esto: usted les vende la casa pero en lugar de darle el dinero de golpe, le dan una cantidad todos los meses. La casa pasa a ser de la empresa pero como usted tiene el usufructo, puede seguir viviendo en ella hasta que muera.

Lo de darle la casa a la persona que lo cuida es más problemático y lo tiene que hacer muy bien, con contrato ante notario, porque sus hijos se le vana echar encima y van a intentar quitársela, por eso pienso que es mejor la empresa.

Sigo queriendo dejar o vender la casa a la persona que me cuida las 24 horas quedando yo como usufructuario .¿ como he de hacerlo para que mis hijos no lo puedan impugnar o quitársela una vez fallecido yo?

Puede usted hacerle un contrato de cesión de bienes a cambio de cuidados, también llamado contrato de vitalicio. Deben hacer constar expresamente que le cede la vivienda a cambio de cuidados y alimentos durante toda su vida y que se reserva el usufructo.

Luego haga un testamento de manera que quede claro que los únicos bienes que tiene son el dinero que deje al fallecer ya que tuvo que disponer de su casa cediéndola a cambio de cuidados vitalicios porque estaba muy necesitado de ellos y no tenía dinero para pagarlos, por lo que acordó con la persona que le pagaría con la cesión del inmueble. Deje claro que a sus hijos les deja el dinero que tenga y nada más.

En la notaría ya saben como hacerlo y le asesorarán adecuadamente.

Tenga en cuenta que esa persona le ha de cuidar hasta su muerte y no puede permitir que le lleven a una residencia porque entonces los hijos podrían intentar revocar el contrato argumentando que la persona que le tenía que cuidar no pagó su parte porque no le cuidó. Por lo tanto tal vez deba también hacer constar ante el notario que, en caso de que no pueda decidir por si mismo, sea esta persona y no sus hijos quien decida por usted.

Muchas gracias por toda la información .

Se podría saber que coste y gastos puede originarse tanto a mi como a la persona que me cuida, el hacer todo lo que me ha mencionado? 

Vivo en la provincia de Alicante.

A usted le costará poco dinero, la persona que le cuida tendrá que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales, igual que si lo hubiera comprado, porque esta operación viene a ser una compra que se paga en cuidados y servicios en lugar de dinero. Depende de las comunidades autónomas pero en general suele ser un 7% del valor de la propiedad y, para esta persona que no es familiar directo, es mucho mas barato que el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que pagaría en el caso de herencia o donación- También tendrá que pagar el IITVNU, que es el impuesto municipal que grava el aumento de valor del terreno urbano desde la última vez que la casa fue adquirida, o sea desde que usted la heredó.

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