Renta 2016. Fallecimiento cónyuge . Ralizandola conjunta

Mi abuelo es pensionista y hacían la declaración conjunt con mi abuela todos los años. Ha fallecido el 20 de enero de 2017. Ahora que tiene que realizar la declaración del 2016. Tiene que cambiar algo o como ha fallecido en 2017 la haría como siempre, como si viviese.

No se si me he explicado bie.

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La situación que se tiene en cuenta en la declaración del ejercicio 2016 es la situación a 31 de diciembre, por lo tanto tus abuelos pueden realizar declaración de renta en modalidad conjunta. Ahora bien, se debe presentar un escrito aparte, en el caso de que salga la declaración a devolver, indicando en la cuenta de quién se desea abonar el importe resultante y firmarlo todos los herederos. El impreso se llama "solicitud de pago de devolución a herederos".

Para la renta del ejercicio 2017, a presentar el año que viene, sí que habría que hacer declaración de renta individual de tu abuelo e individual de tu abuela.

Muchas gracias.

Me he dado cuenta que no he especificado que la que ha fallecido es mi abuela. Mi abuelo vive todavía. Entonces es el mismo trámite que me has comentado ya que el vive algún?

Exacto. Sería conjunta la renta del 2016 siempre y cuando sea la más beneficiosa, e individual de los dos en la renta de 2017.

Buenos días. 

Al hilo de las preguntas mencionadas anteriormente. He consultado la devolución de la declaración de mi abuelo después de haber presentado el escrito de herederos con toda la documentación que pedían. Me ponen lo siguiente: " Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme a la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, se han realizado descuentos sobre su devolución y no resta importe alguno a devolver. La comunicación de los descuentos realizados ha sido emitida el día 09/06/2017.

La verdad es que no entiendo nada. Hemos presentado toda la documentacion requerida y ahora esto.

Gracias 

Lo que indica la agencia tributaria con ese aviso, es que tanto la declaración como la documentación que aportaste para cobrar la devolución los herederos, han sido tramitadas y aceptadas. Lo que ocurre es que no se ha procedido a la devolución porque se ha compensado algún tipo de embargo o deuda con alguna administración, bien de tu abuelo, bien de alguno de los herederos. Habrá que esperar a recibir la comunicación que han emitido hoy para saber exactamente porqué no hay devolución.

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