Dudas acerca de herencias ab intestato

No sé muy bien qué implican estos actos: aceptacion herencia, reparto herencia y adjudicación. Más bien me suscita dudas la relación entre estos 3 actos.

1)No sé cual de estos dos sistemas es el que rige (elegid entre los dos)

a) Las partes llegan a un acuerdo en el reparto de la herencia y ese reparto se plasma en la aceptación de la herencia. Digamos que el reparto se hace antes y se concreta al aceptar la firma. Si no hay acuerdo en el reparto, no se acepta la herencia todavía y nos vamos a juicio.

b) Primero la herencia se acepta y en esa aceptación no se habla de reparto. Luego ya se reparte la herencia.

2- ¿Ya para acabar, qué sería realmente la adjudicación? ¿A qué equivaldria la adjudicación? ¿Sería la plasmación del reparto?

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Hay dos opciones y cualquiera es válida.

1. Las partes han llegado a un acuerdo antes y cuando acuden a hacer la escritura de aceptación de herencia hacen constar el reparto acordado. Por ejemplo: un padre de tres hijos tiene un piso y dinero: de común acuerdo uno de los hijos se queda con el piso y los otros hermanos se reparten el dinero. Como el piso vale más, el que se queda con él, compensa a sus hermanos pagándoles la diferencia. Esto se refleja en la escritura.

2. Las partes no lo han tratado o no han llegado a un acuerdo. Se acepta la herencia sin repartir y se hace una escritura que solo indica que han aceptado. El Piso se inscribirá a nombre de los tres y cada uno será propietario de un tercio y el dinero se repartirá también entre los tres. Mas tarde pueden repartir el piso, o pueden dejarlo en copropiedad, aunque hay que tener en cuenta que la ley dice que nadie está obligado a permanecer en copropiedad, o sea que si no llegan a un acuerdo y alguno pide el reparto, el piso podría acabar subastado y repartiendo el dinero.

Gracias, pero me no me queda claro.

Si entiendo bien, digamos que hay dos opciones. La ultima opción es aceptar y luego otro día hacer el reparto. En cuanto a la primera opción, se hace el mismo día, pero...¿se hacen dos firmas/dos actos o no? Es decir, ¿ese día se hacen dos actos o se hace uno solo que incluye aceptación y reparto?

Acláramelo, por favor.

Lo podéis hacer todo a la vez y en principio puede ser en un mismo documento. Te paso un enlace de una notaría que lo explica bastante bien:

http://www.notariapablocarbajo.com/servicio/escritura-de-aceptacion-y-particion-de-herencia-o-adjudicacion-por-titulo-sucesorio/ 

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