¿Tengo derecho a heredar de mi abuelo?

Mi abuelo falleció, él tenía 2 casas y un huerto agrícola y también 2 hijas (mi tía y mi madre) que son ellas las que heredan ahora lo de mi abuelo, pero es que mi madre tiene alzheimer y según tengo entendido, no puede firmar ante notario lo que le corresponde, entonces mi tía, la parte que le corresponde a mi madre se la ha dado a mi padre (esposo de mi madre enferma). El testamento no sé cómo se hizo porque me ocultan esa información

Mi madre enferma tiene a mi hermana y a mí como hijos ¿no deberíamos de ser nosotros los herederos de esa parte en vez de mi padre? (Mi padre es a mi abuelo su yerno, y no su hijo)

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

Su padre no puede heredar de sus abuelos, será su madre, que si no esta en condiciones de firmar tendrán que solicitar la incapacidad. Su padre tendrá derechos de usufructo sobre los bienes de su madre, una vez su madre falleciera, pero los herederos legales son los hijos, es decir usted y su hermana.

Su tía no puede dar nada... pues tampoco es de ella, mientras no se acepte la herencia de sus abuelos, siendo ahora por lo tanto la herencia yacente de sus abuelos (su madre y su tia) los propietarios mientras no se acepte.

Mi abuela falleció antes que mi abuelo. La incapacidad de mi madre está perfectamente reflejada y explicada en múltiples papeles que se tienen.

Lo de mi tía creo que ya es de ella, mi abuelo falleció hace 3 años y ya fueron al notario mi tía y mi padre, un día a mi hermana y a mi nos dijeron que tal semana tendríamos que ir al notario a firmar, pero cuando llegó el momento de ir, misteriosamente no nos dijeron nada y sólo fueron mi padre y mi tía.

Yo no entiendo de esto, quizás sea mi tía la que haya heredado también lo de mi madre, pues con mi padre tiene una complicidad enorme, ¡vaya usted a saber¡, y luego con mi padre ya se apañarán los 2 respecto a lo de mi madre, todo con tal de pasar de mi hermana y de mi (que no sé si pueden hacerlo).

El huerto agrícola lo ha ó han alquilado con opción de compra obligatoria a una persona, sin contar ni con mi hermana ni conmigo. 

¿Qué cree que pueden haber hecho?, ¿alguna trampa?, ¿el notario puede permitir eso, o, pueden haberlo engañado?, ¿qué hacemos/reclamamos?

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Su madre ha de estar incapacitada judicialmente, para que se nombre un tutor legal, mientras tanto, aunque un notario no acepte su firma por su enfermedad, nadie puede hacer nada en su nombre, aunque puede que haya dado un poder notarial previamente, bien a su padre, bien a su tía.

Como ya le hemos dicho ustedes no tienen derechos sobre los bienes mientras no fallezca su madre...

mi madre está incapacitada oficialmente con muchos papeles que tenemos, pero no a través de un juez. ¿quién debe nombrar un tutor legal?

yo también pienso en la posibilidad de que se habrá dado un poder notarial a mi padre, ¿pero qué persona cree usted que lo habrá dado?

¿Lo de ustedes no tenemos derechos se refiere a mi hermana y a mi?, ¿entonces, con ese supuesto poder sí decide mi padre y no decidimos ni mi hermana ni yo?

La incapacidad solo la puede decretar un juez que nombrara tutor legal.

Para actuar en nombre de alguien con un poder, solo lo puede hacer la persona interesada... es decir, solo puede dar poder para actuar en nombre de su madre, su madre.

La única persona con poder de decisión es el titular... ustedes en todo caso son futuros herederos, por lo tanto, ahora la que decide es su madre... y si ha dado pode a su padre será este quien actúe en su nombre...

Si creen que se esta poniendo en riesgo el patrimonio de su madre, deberían solicitar la incapacidad judicial, y el juez decidirá sobre las disposiciones patrimoniales que le solicite el tutor legal.

A mi madre no la ha examinado un juez, eso seguro, luego no puede haber nombrado ningún tutor, que en todo caso, ¿a quién eligiría, a mi padre, mi hermana y yo, a los 3?, ¿qué criterio seguiría el juez?

Lo único que pienso es que a mi padre, alguien le haya dado un poder, pero mi abuela falleció hace 13 años, ¿tal vez entonces mi madre, (que entonces aún estaba más o menos bien), le daría un poder de la parte que le tocaba de mi abuela?

O para dar ese hipotético poder había que esperar a que falleciera mi abuelo que fue hace 3 años, (lo que pasa es que mi madre no puede haberlo dado pq desde hace más de 3 años, mi madre es incapaz de escribir, andar, comer, no sabe hacer cosas básicas), y un notario eso lo vería claramente y no lo permitiría.

Espero su respuesta pq me estoy imaginando lo que me estoy imaginando, (conozco a mi padre de sobra y sé que con dinero puede lograr lo imposible), aunque a ver qué me responde próximamente

Como ya le hemos indicado, solo una persona con capacidad plena puede dar poderes, que se extinguen al fallecimiento. Por lo tanto, su madre, puede haber dado poderes mientras este bien a la vista del notario. Una vez fallecida una persona, no tienen valor los poderes hechos.

En cuanto a la incapacidad judicial, será el juez quien decida... aunque es muy habitual que se conceda al marido...

Como ya le hemos indicado, ha de ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y les ayude.

Agradecemos valoración y cierre de la pregunta.

La última respuesta que me ha dado es la que me presuponía. Esa respuesta y lo manipulador que es mi padre ya me imagino lo que debe haber pasado. 

Mi padre tiene un amigo de una confianza enorme y éste a su vez un notario también muy íntimo. Sé de cosas raras del pasado y estoy seguro que su amigo ha hecho de mediador para que su amigo el notario acepte que alguien suplante a mi madre falsificando su firma, y así conste como que mi madre le ha dado poderes para poder tomar las decisiones. Además, ya le dije que a mi hermana y a mi nos dijeron, mi padre y mi tía y no mi madre pq es imposible, que nos preparáramos pronto que tendríamos que ir al notario a firmar, pero llegado ese momento no se nos dijo nada, ¡¡¡por qué¡¡¡, ¿para apartarnos, para qué no viéramos ese teatro? 

Mi madre tiene más de un 80% de discapacidad intelectual desde mucho antes de fallecer mi abuelo y canta a la vista de cualquier notario y de cualquier persona con un mínimo de sentido común, un notario normal no lo aceptaría.

Si todo esto puedo demostrar que es verdad (que estoy súperconvencido de ello), ¿qué hago, denuncio, protesto, cómo? 

Como ya le hemos indicado, deberá ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto y las actuaciones a realizar.

Agradeceremos valoración y cierre de la pregunta. Gracias

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