Hasta donde llega la ley en camaras de seguridad?

Les voy a contar una historia. Me voy a poner yo, como actor principal para que sea mas facil la explicacion aunque es a la inversa.

Comienzo.

Estaba en un bar con mi novia y esta chica salio afuera a fumarse un cigarrillo. Yo, mientras tanto, me quede sentado en la barra. Cuando me doy vuelta para mirar, veo que hay una billetera encima de la barra casi justo enfrente mio. La tentacion fue demasiado grande y disimuladamente, apoyo mi bolso ( les dije que era a la inversa pues no suelo llevar bolso) sobre la cartera, me levanto y me voy. Arrepentido y nervioso vuelvo a entrar y tiro la cartera debajo de la barra donde estaba sentado y me voy.

Mi novia, que es muy moralista, vuelve a ese bar, que pertenece a un club nautico y al que va casi todos los dias pues tiene un pequeño velero, es abordado por el camarero que le dice que yo le habia robado la cartera y que le faltaba dinero. Como mi novia no le creia el camarero le mostro las imagenes a ella (si, habia camaras y no me di cuenta) donde se ve claramente como apoyo el bolso sobre la cartera y salgo, luego entro y la vuelvo a tirar. En definitiva, mi novia muerte de la verguenza, me ha dejadoy le ha pagado al camarero 45 euros que dijo que yo le habia robado y eso si que no es cierto. Lo juro. Creo que se aprovecho de la situacion el hombre este.

Esto esta mal y lo se. No quiero consejos de moral pues ya tengo bastante con mi novia.

Mi pregunta es: ¿Qué derecho tiene el camarero a visionar las imagenes de la camara de seguridad y ademas mostrarselas a mi novia y no se si a alguien mas?

Tengo entendido que la famosa Ley omnibus deja poner camaras de vigilancia a los locales privados pero el revisado y visionado de la imagenes debe realizarlo personal de seguridad.

¿Puedo demandar al camarero por haber visto eso sin la pertinente autorizacion y por exponer mi imagen a terceras personas?

Se que suena a venganza pero es lo que me sale ahora y quiero hacerlo dentro de la legalidad.

Si me pueden aconsejar se los agradeceria.

2 respuestas

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Tal como lo expone usted, tiene probablemente razón al afirmar que se han vulnerado sus derechos. Aquí tiene la guía de videovigilancia para establecimientos públicos que publica la Agencia Española de Protección de Datos (http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/publicaciones/common/Guias/05_Videovigilancia_Establecimientos_publicos.pdf )

Como verá, entre otros aspectos, se indica explícitamente que:

- El acceso a las imágenes será exclusivamente del responsable del sistema. Se procurara que no puedan ser accesibles por personas distintas.

- El sistema de grabación se ubicará en un lugar vigilado o de acceso restringido. A las imágenes grabadas accederá sólo la persona autorizada que deberá introducir un código de usuario y una contraseña.

- Las imágenes que se utilicen para denunciar delitos o infracciones se acompañarán a la denuncia y será posible su conservación para ser entregadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o a los Juzgados y Tribunales que lo requieran. No podrán utilizarse para otro fin.

Si considera que se ha vulnerado la ley, violando sus derechos, puede presentar la correspondiente denuncia ante la AEPD:

https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formNuevaDenuncia/nuevaDenuncia.jsf 

Es conveniente que recurra a un abogado;  verdad? Para que gestione bien el tema.

Si se va a limitar usted a presentar una denuncia en la Agencia Española de Protección de Datos, no necesita abogado. Se trata de un trámite que puede hacer, online, cualquier ciudadano.

El problema que puede usted tener es el de las pruebas para acusar a este camarero. Por su descripción de los hechos, no tengo la sensación de que tenga usted forma de demostrar que el camarero visionó las imágenes ni de que se las mostrara a terceras personas. Es algo que usted sabe, por su enfrentamiento con su expareja, pero no creo que pueda demostrarlo. ¿Cierto?

Bueno. Tengo una grabación de voz de mi novia donde me dice que el camarero la llamo, le dijo lo que paso y le mostró las imágenes. ¿Serviría eso?

Perdón por ser tan preguntón.

Si se decide por la AEPD, por la violación de sus derechos en cuanto a protección de datos, puede usted consultárselo directamente a ellos, por teléfono (http://www.agpd.es/portalwebAGPD/CanalDelCiudadano/contacteciudadano/index-ides-idphp.php ) o por vía electrónica (https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formConsulta/consulta.jsf )

Si se planteara usted otras vías, consulte a un abogado. En ese caso, además, no olvide que usted reconoce haber hurtado el billetero y que hay pruebas de ello.

Gracias nuevamente. Pero no se trata de si robe o no robe, supongo que eso iría por otra vía, se trata de si el camarero ha vulnerado mi intimidad mostrando las imágenes a mi ex pareja. Digamos que yo denuncio al camarero por mostrar imágenes mías y me expongo a que el bar me denuncie por hurto. Dos cosas distintas, a mi me denuncian por hurto pero yo me quedo a gusto denunciado al camarero.

Sí, sí. Está claro. Se trata de dos cosas independientes. Sólo se lo decía por si no tenía usted claro que quizá tendría que pagar un precio por su "venganza".

Suerte!

¡Gracias! Llamare a protección de datos y expondré el tema de vulnerar mi imagen. Si no le importa se lo comentare a usted para que sepa como termino todo. Simple curiosidad profesional.  Ja ja. Un saludo y gracias nuevamente.

¿Importarme? ¡Al contrario! Siempre se agradece saber cómo acaban los asuntos en los que se ha tratado de echar una mano.

Respuesta
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Efectivamente se han vulnerado sus derechos, puede denunciar los hechos en la AEPD.

Si desea asesoramiento sobre este asunto puede contactar conmigo en [email protected]

Te puedo enviar un correo electrónico para comentarte el tema?

Gracias

Sí, claro

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