Fallo judicial juicio monitorio comunidad

Tuve un juicio monitorio promovido por la Comunidad de propietarios en el que se reclamaba una cantidad cercana a 1000 euros, al cual me opuse. El fallo judicial me condena a pàgar 206,31 euros en concepto de cuotas comunitarias ( 178,24 € ) y los gastos derivados de la reclamación extrajudicial de la deuda (28,07 € ). Igualmente indica que cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. Tambien indica que los 178,24 € al no haberse impugnado el estado de cuentas, deberá prevalecer la deuda.

Por mi parte he realizado el ingreso de 206,31 € en el Juzgado.

De la sentencia no me quejo, ya que el error fue mio al no impugnar y darle juego al administrador, pero ahora me encuentro en mi cuenta de la Comunidad unos cargos por importe de 226,38 en concepto de honorarios reclamación por parte del abogado y un burofax de 37,49 €.

Así mismo, la sentencia dicta, ante una pretensión de aumento de la deuda " a posteriori " que no tienen cabida ya que la reclamación quedó acotada por la propia naturaleza del monitorio a las cantidades vencidas en ese momento, sin que se pueda ampliarse posteriormente cuando no fue solicitado en el suplico del escrito.

La pregunta, ante la negativa del administrador de anular los cargos particulares indicados, es decir, los 226,38 € más el de 37,49 €, debo pagarlos o bien, debo realizar un acto judicial ( denuncia, etc. ) contra la Comunidad o el Administrador, o el Presidente de la Comunidad, o contra todos ellos, ¿por no cumplir con el fallo judicial?

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Según parece en principio de lo que usted comenta, la comunidad ganó el monitorio pero pese a que en monitorio de deudas en comunidades de propietarios existen costas judiciales, parece ser que al juez se le olvidó condenar en costas.

Ahora a mi modo de intender le están intentando de manera extrajudicial repercutir unas costas judiciales (abogado etc.) a las que usted no esta obligad, o ya que el fallo judicial no lo recoge.

Espero haberle ayudado.

Un cordial saludo.

Llamadas y consultas totalmente gratuitas.

Larios abogados

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www.lariosabogados.es

Hola, ante todo muchas gracias.

No , a la Juez no se le olvidó , ya que en un apartado indica que por ser una estimación parcial debido a la no impugnación de las cuentas, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Ahora bien, si sigue el administrador, presidente y demás a exigir el pago de lo que no estoy obligado por decisión judicial, ¿ que puedo hacer ? realizar una denuncia, impugnar las cuentas anuales, y todo esto puedo realizarlo por mi cuenta o debo tener un abogado + procurador , etc... ?

Saludos.-

Según parece usted no está obligado a pagar esas costas, por lo que o bien se niega simplemente a su pago y lo pone en conocimiento del administrador usted mismo por escrito dirigido a ellos, o si lo desea nuestro despacho puede enviarle una carta certificada con nuestro membrete haciendoles las advertencias oportunas de que no va a pagar un euro y que procedan judicialmente en su caso si lo entienden oportuno a intentar cobrarselas (absurdo).

En todo caso, si decide contar con nuestra ayuda seria necesario que nos enviara el fallo judicial.

Un cordial saludo.

Larios abogados

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Si precisa de presupuesto sobre este punto, escríbame al correo y se lo facilito, pero ya le aviso de que por la entidad de la cuantía reclamada será una cantidad muy baja a nivel de consulta.

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