¿Se puede sancionar el transporte privado por sobrepeso?

Somos una empresa de descontaminación de vehículos y tenemos una grúa para transportar nuestros vehículos hasta la zona de descontaminación. Nuestra grúa es de servicio propio. Hemos cargado un todo terrero y hemos superado la MMA que son 3.500kg.

La pregunta es: Nos pueden sancionar por este motivo o al ser la grúa de servicio propio estamos exento de pesado.

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Da igual si el vehiculo es un turismo, furgon, camión, mixto, este como Particular, Servicio Publico, Mercancias Propias... Todo vehiculo tiene una MMA fijada en la ficha tecnica que NUNCA debe ser rebasada y todo vehiculo que la rebase es suceptible de ser multado por sobrepeso. Evidentemente Ud. tiene un vehiculo cuya MTMA es muy superior a su MMA ya que muchas personas (empresas o autonomos) recortan dicha masa para obtener con mayor facilidad las tarjetas de transportes o simplemente para no estar obligados a usos de conductores de carnet C o Tacografos obligatorios por encima de 3500kg. Si quiere cargar por encima de esa MMA será multado (multas muy cuantiosas por cierto) y las multas como ya he mencionado no van por el tipo de servicio ni tipo de vehiculo, ni si es particular o de empresa, sino por el porciento en que Ud. sobrepase la MMA y a partir de un 10 porciento ademas de ser una multa MUY incrementada le pueden inmovilizar el vehiculo en el acto obligandole a Ud a hacerse cargo de vaciar el vehiculo y transporte de mercancia en vehiculo ajeno al suyo. Mi consejo es que el vehiculo este adaptado y se compre y matricule para el peso real medio al que va a ser sometido, un vehiculo grua con una MMA de solo 3500kg es un suicidio economico a corto plazo incluso cargando coches pequeños estara pasado de peso (lo digo por experiencia) y acabara poniendo uno con tacografo y la tarjeta adecuada si no se arruina antes.

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