Que ocurriría si no pueden embargar nada por deudas

Estamos sólo con subsidios de 426 y 132 euros, tenemos deudas por impagos, además la vivienda ya esta subastada y a espera de embargo o alquiler social, mi pregunta es que como no tenemos nada sólo esas entradas económicas que ocurrirá en caso de que vayan al juzgado

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Entiendo que habrá una declaración de quiebra personal y por extensión de insolvencia.

Si las deudas, entiendo financieras, son sólo suyas y no hay bienes de por medio ni avalistas, pues poco puede pasar, mas allá de que se acumulen y se vayan incrementando con el paso del tiempo ( intereses, costas del juzgado etc... ) y que ustedes figuren en registros de incidencias hasta que pasen 20 años, que creo recordar es la caducidad para el reclamo de estas deudas.

Si antes se solucionara su situación y volvieran a tener ingresos relevantes, tengan presente que tendrían que hacer frente a dichas deudas .

que es una declaración de quiebra personal y por extensión de insolvencia

Se realiza ante el juzgado cuando se alega que no se tiene recursos para asumirla.

De todos modos iría pidiendo justicia gratuita y allí la explicarán mejor.

De todos modos tampoco es necesario hacer nada en su casa, si no tiene nada, nada la pueden embargar y por lo tanto nada tiene que perder.

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