¿Qué debe hacer un empleado si desahucian a la empresa del inmueble donde tiene su puesto de trabajo?

La empresa tiene graves dificultades económicas, hace muchos meses que está en situación de insolvencia, pero se resiste a solicitar el concurso de acreedores, a pesar de que su administrador único ha sido reiteradamente advertido de las graves consecuencias de no hacerlo. El arrendador de la oficina en la que desarrolla su actividad (con más de 20 empleados) está a punto de presentar demanda judicial de desahucio por impago de rentas. Si ello ocurre, la empresa no tendrá posibilidad alguna de enervar la acción de desahucio por dos razones: primero, porque ya ha sido requiroda fehacientemente de pago con anterioridad a la presentación de la demanda judicial; y, segundo, porque aunque lo anterior no se hubiera producido, no disoine del dinero necesario para consignar judicialmente la deuda y evitar así dicho desahucio.

Mi pregunta es: ¿Cuáles son las consecuencias para los empleados de dicha empresa si resulta que cualquier dia aparece el agente judicial para efectuar el lanzamiento y se quedan en la calle sin posibilidad de volver a su puesto de trabajo y, además, el arrendador embarga todos los activos (entre los que se encuentran sus herramientas de trabajo, como ordenadores, etc.) para asegurarse el pago de las rentas adeudadas? ¿Cómo deberían actuar los trabajadores a partir de ese momento? Si tuvieran que realizar cualquier acción legal contra la empresa frente a la jurisdicción laboral, ¿a quién y qué domicilio deberían indicarf o señalar para efectuar las notificaciones oportunas si resulta que la empresa carece del mismo por causa del desahucio? A todo ello, el Administrador Único (y socio único) sigue sin querer solicitar concurso de acreedores, alegando que carece del dinero necesario para pagar los honorarios de los profesionales implicados en dicho trámite (abogados, procuradores, administración judicial...). Además, un dato a tener en cuenta es que dicho administrador único es un ciudadano extranjero que hace muy poco ha cambiado de residencia, volviendo a su país de origen, aunque dispone de NIE, pero, en la práctica, no tiene ni residencia ni bienes embargables en nuestro país. En una situación como esta: ¿Qué opciones tienen los empleados?

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Lo siento reivaj2, pero no soy experto en este tema.

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