Comprar un piso de una cooperativa en concurso de acreedores.

Hemos dado una señal de reserva para un piso y cuando nos han entregado la nota simple hemos visto que pertenece a una cooperativa en concurso de acreedores y nos han entrado muchas dudas.

-Si nosotros compramos el piso lo compraríamos como un particular o formaríamos parte de la cooperativa de alguna forma,
-También nos gustaría saber en esta situación quien se hace cargo de la comunidad y del IBI,
-También hemos visto en la nota simple que la finca matriz esta gravada al pago de parte de los gastos de urbanización, según nos hemos informado la cooperativa compro a la empresa urbanizadora el terreno como urbanizado para realizarlo en fases, desde el ayuntamiento nos han dicho que no esta terminado, por lo que en caso de terminar dicha urbanización, nos gustaría saber si el piso arrastraría dicha carga de urbanismo si la la empresa urbanizadora responsable de la urbanización no hiciera frente a los pagos de urbanización.

-Tambien nos gustaría saber si en caso de llegar a no vender los pisos y no poder hacer frente a la deuda, si existe la posibilidad de sacar a subasta el edificio, en ese caso que pasaría con el piso comprado.

Si tendriamos que pagar algún gasto judicial del concurso de acreedores.

Tambien nos gustaria saber que si ponemos todo por escrito en las escrituras es lo que mas vale a ultima hora o si hay alguna ley que diga lo contrario, rebocaria lo puesto en las escrituras.

Es un tema nuevo para nosotros y nos han entrado muchas dudas.

Respuesta
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Entiendo que en el registro de la propiedad consta el concurso de acreedores. Si es así ello quiere decir que el piso está afectado y se hace constar precisamente para que lo sepa cualquiera que tenga interés en esa propiedad, así que ustedes debieron informarse antes.

Hay unos acreedores que quieren cobrar lo que se les adeuda y el juez concursal se encargará de regular como tienen que cobrar, pero no le quepa duda que si ustedes se convierten en propietarios tendrán que asumir la parte que les toque.

No dice quien les ha vendido el piso. Si es la administración concursal la que está vendiendo pisos, tal vez lo hagan para pagar a los acreedores con ese dinero. Pero si se lo han comprado a un particular, me temo que se ha sacado el muerto de encima para colocárselo a ustedes. Si fuera yo, en el primer tal vez lo comprara, pero en el segundo, reclamaría que me devuelvan el dinero argumentando que el contrato es nulo porque me han ocultado información de extrema relevancia.

Hola de nuevo,  gracias por la respuesta , el piso es a traves de una agencia inmobiliaria que los esta vendiendo para el administrador concursal ,  no es de particular.

No entiendo muy bien cuando dices "los propietarios tendran q asumir la parte que les toque".

Si yo compro un activo de una empresa en concurso de acreedores yo no formaria parte de nada de la empresa,  simple mente compro ese activo ,  me lo podrias especificar un poco mas.

Gracias.

Si los está vendiendo la inmobiliaria para la administración concursal no tienes ningún problema porque el dinero que tu pagas ya se destina a pagar las deudas. Precisamente para eso se vende: para sacar dinero y satisfacer a los acreedores.

Pero si hubieras comprado el piso a algún particular, socio de la cooperativa que está en concurso de acreedores y constando el concurso en el registro, habrías tenido que asumir las deudas que recayeran sobre el piso, porque cuando se compra un piso se asume tal como está, deudas incluidas.

Al haberlo comprado a la administracion concursal, se entiende que lo compras libre de cargas porque el dinero que pagáis los compradores se destina a pagar a los acreedores y no va a los antiguos propietarios del piso, que solo cobrarían el sobrante (si lo hubiere) después de haber satisfecho a todos los acreedores.

Es decir: si compras y pagas al anterior propietario el dinero va para él, los acreedores siguen sin cobrar lo que se les debe y tu asumes la deuda que recae sobre el piso; si compras y pagas a la administración, el dinero se destina a pagar a los acreedores, con lo que por lo que a tu piso se refiere, la deuda ya está pagada.

Hola de nuevo, gracias por la respuesta.

La duda que me ha quedado es que el administrador concursal ha bajado el piso de precio, y con lo que pagamos nosotros no cubre el ibi la comunidad y la hipoteca más los intereses de demora que figura en la nota simple, mi pregunta es si se nos quedaría esa carga de pagar o el piso se quedaría libre de cargas aunque no se pague a todos los acreedores de ese piso.

Muchas gracias.

Podéis preguntarlo a la agencia que os lo vende, pero yo entiendo que no tenéis que pagar nada más. Te pongo un ejemplo: Una persona tiene una hipoteca que no puede pagar y le sacan el piso a subasta. Supongamos que la hipoteca es de 150.000 euros, y así consta en el registro, pero en la subasta solo se sacan 140.000. El comprador se queda con su piso libre de cargas y el anterior propietario, que es el que hizo la hipoteca sigue debiendo los 10.000 que faltan. Si no puede pagarlos nunca, el banco se tendrá que fastidiar, pero si tienen algun otro bien, le obligaran a pagar la diferencia. A él, no al comprador.

Tu solo hubieras cargado con la deuda si le hubieras comprado el piso a algun propietario de la cooperativa.

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