¿Se ha de hacer cargo el inquilino o el propietario? (caldera, tuberías, grifos, etc.)

Mi madre lleva viviendo en un piso de alquiler desde hace cerca de 20 años. En su momento, cuando entró reformó el piso completamente pero ahora mismo tiene varios elementos de la casa que no funcionan bien o están en mal estado.

Hasta ahora ella siempre se ha ido haciendo cargo de este tipo de cosas pero me gustaría saber realmente cuales le corresponde hacerse cargo a ella como inquilina o en cambio le corresponderían al propietario.

Las cosas que no funcionan / están desgastadas / en mal estado serían:

- Caldera no acaba de funcionar bien. La caldera en cuestión la pagó ella.

- Llaves de paso de agua que no cierran bien y pierden agua.

- Grifos que pierden agua. Simplemente supongo por el uso.

- Cisterna de los inodoros. Se ha estropeado el mecanismo de descarga.

- Persiana de una ventana.

En caso de que algunas o todas las cosas anteriores le correspondiera hacerse cargo ella, ¿es posible que su seguro del hogar las cubra? Entiendo que habría que hablar con ellos y revisar las condiciones pero hay alguna cosa por defecto que siempre sea igual en todos los seguros.

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Como dice el señor agente de seguros, es el propietario, lo que ocurre es que después de tantos años haciéndose tu madre cargo de todo... pueden pasar dos cosas;

A)Que este mal acostumbrado y ahora diga que lo arregle tu madre, como es costumbre, que este mal informado y diga que no es su responsabilidad o simplemente que no quiera o no pueda...

B)Que lo arregle todo aunque sin mucho interés o que en agradecimiento a la actitud de tu madre que nunca le ha exigido nada y ha realizado mejoras a un inmueble que no es de su propiedad, lo arregle todo con buena disposición.

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Normalmente el propietario (arrendador).

Los seguros en general no cubren los desgastes. Es muy raro y poco frecuente que tengan servicios incluidos así.

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Normalmente el desgaste de los aparatos que es por uso del inquilino y sobre todo si lleva tantos años lo hace el inquilino porque se supone que es por su uso. Por ejemplo cisternas, atascos, griferias... en cuanto a aparatos como frigoríficos. Lavadoras. . Calderas etc... esas la paga normalmente el dueño de la casa porque si el inquilino se va. El aparato se queda. Como mucho compartir gastos. Pero todo esto debería especificarse en el contrato o por lo menos verbalmente. Luego ya es cuestión de aplicar la ley

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