Obligaciones del albacea con los herederos antes del fallecimiento del testador

Un familiar designo en su día a un albacea, también familiar, dándole poderes notariales. Esta persona no ha dicho nada sobre: quien es el notario, inventario, etc. El familiar vive todavía y el otro día me dijo que abriera un extracto bancario en el que había una salida de fondos. Me puse en contacto con el banco y me dijeron que dicha salida la hizo el albacea junto con un abogado que también tiene poderes. ¿Cómo puedo saber las intenciones de dicho albacea y abogado? ¿Deben de dar toda clase de detalles de los pasos que están dando?

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La designación del albacea, consta en el testamento, mientras que la persona que hizo el testamento no fallezca, el testamento no produce efectos, luego ahora mismo no puede ejercer como albacea, estará ejerciendo como apoderado en virtud del poder de representación que se le otorgará.

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El albacea se nombra para administrar una herencia, si ha de dar explicaciones es para el representado y no puede disponer de la herencia para uso propio (salvo una parte que se considera como pago por los servicios).

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