Herencia segunda mujer de mi abuelo

Isabel:
Mi consulta es muy sencilla de entender, procedo a exponérsela: Mi abuelo (ya fallecido hace años) fue interventor de una Diputación provincial de Galicia hace bastantes años, digo esto porque recibían un sueldo muy alto. Su segunda esposa falleció hace ahora aproximadamente un año. Vivía con unos familiares de su familia (una sobrina) a la cual (según ellos) le legó todo, pero no aportaron ni mandaron ningún documento notarial; y mi madre aún no hizo ningún movimiento; hay que tener en cuenta que ella (la segunda esposa) tenia una residencia en Pontevedra en régimen de usufructo que vendió 2 o 3 años antes de su óbito (se entiende con el consentimiento del único que "teóricamente" no renunció a dicho piso. Mi madre había renunciado a este piso, pero no existe documento notarial que acredite dicha renuncia, aun diciendo que firmo tal renuncia (debería disponer de una copia, algo que no tiene; por eso me parece muy raro). Por otro lado, y esta es una breve reflexión personal, entiendo que no se puede renunciar a un piso que aun no es tuyo o aún no vas a heredar, porque en este caso la herencia antes de descendente es horizontal, esto es, primero hereda la esposa antes que los hijos). Sin embargo, mi madre es extremadamente parca en temas financieros y hereditarios. Mi pregunta es: dada la situación y teniendo como posibilidad de que mi madre me transmita su derecho sucesorio a mi favor ¿qué hay a mi favor teniendo en cuenta que esos familiares andan gastando en viajes y reformas ese supuesto legado? ¿Qué medios existirían si se les ocurrió hacer una transferencia antes de fallecer?.

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Lo primero que tendría vd. que averiguar es si su abuelo hizo o no testamento, para ver si su madre tiene derecho a la legítima o a alguna cuota superior.
Si su madre renunció a la parte de la herencia que pudiera tocarle, lo haría también para su estirpe, por lo que vd. no tendría ningún derecho sobre esa herencia. Evidentemente, esa renuncia tiene que constar en documento notarial. Si el único bien es la casa de la que me habla, puede vd. pedir una nota simple al Registro de la propiedad para ver quienes figuran como titulares, si su abuelo o los herederos.
Hay fórmulas legales, tales como un juicio de testamentaria, para inventariar los bienes del patrimonio del abuelo en el momento del fallecimiento, y otorgar la herencia correspondiente, pero esas acciones las tiene que ejercer su madre que es la que ostenta el derecho. Hasta que ella no fallezca, vd. no podrá iniciar ninguna acción judicial.
Debe tener también en cuenta que el patrimonio que existiera a la muerte de su abuelo, al estar casado, sería ganancial, por lo que solo formaría parte de la herencia la mitad, ya que la otra mitad es de la esposa por derecho propio.

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