Desacuerdo en la comunidad de vecinos

En nuestra comunidad se ha roto la tubería general del agua causando daños a un local de la comunidad contigua. La solución que nos dan es anular la vieja tubería y poner una nueva. Para ello hay 3 posibilidades, 1.- atravesando toda la vivienda del 1º piso por el falso techo, agujereando y teniendo que repararlo de nuevo para dejarlo como está (acaban de renovarlo) 2.- Por la fachada, rompiéndola de abajo arriba y volviéndola a pintar. 3.- Por el local del bajo de nuestra comunidad, que está inutilizado y se le daba hace años el uso de garaje. El caso es que el propietario de este local dice que si queremos poner la tubería por su local (opción con apoyo mayoritario de vecinos) tendríamos que hacer los estatutos de la casa, ya que se trata de una casa antigua y no tiene estatutos, sino que se rige por la ley de propiedad horizontal. Lo que no quiere es paga el ascensor si algún día se pusiera, tal y como ocurre en Gipuzkoa en las comunidades de propiedad horizontal.

A día de hoy estamos con un tubo provisional que cruza la fachada, dejando sin agua a una de las vecinas de la comunidad contigua (ella no vive allí) y el local del bajo, donde se han causado daños, cerrado. Este local es una sociedad grastronomica y lleva mucho tiempo con las puertas cerradas.

No sabemos donde tenemos que acudir, al ayuntamiento, al juez de paz, a un abogado...

Agradecería que me echarais una mano y me orientarais en los pasos a seguir, ya que es un asunto de gran urgencia.

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El tema es delicado ya que hay tres opciones, si la única opción fuera la del bajo, debiera dejar la servidumbre, así mismo habría que ver el caso concreto por lo que dijera la escritura. También habría que saber que desventajas tendría por ese propietario del bajo que pasara la tubería y por donde iría así como la diferencia de precios de cada una de las tres opciones.

Un saludo.

Pd: el propietario del bajo está negociando y está en su derecho siempre y cuando el coste de las otras opciones sea similar.

En relación al costo de la obra es la del bajo el menos costoso, y el que a la larga daría menos problemas. Se trata de un local deshabilitado en la actualidad y se instalaría la tuveria empotrada en la pared, y se le dejaría todo incluso mejor de lo que está ahora... pero está chantajeando a la comunidad diciendo que sólo dejará si se cambian los estatutos (para no tener que pagar el ascensor el día que se coloque, de momento no está en nuestros planes)

Estoy estudiando la ley de propiedad horizontal...je je... y tengo la duda con el articulo 10. Necesitariamos unanimidad para este tipo de cuestiones o con una mayoría sería suficiente... No me queda claro como deberiamos votar.

Agradecería que me ayudaras con el tema de las votaciones en este caso. Gracias

Si la única posibilidad que hubiera fuera por el bajo, y es una obra necesaria el propietario del bajo por el art. 9.c) de la LPH, podrína hacer la obra. Con relación al tipo de acuerdo si la obra es necesaria no hace falta acuerdo según el art. 10.1.a). Asimismo la única forma de instar a que se cumpla la ley es el juez, y para que lo diga un juez necesitáis un abogado. Mi recomendación es que os pongáis en contacto un abogado y le expliquéis el tema y que os diga cuales son sus honorarios y de ahí toméis una decisión.

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