Preaviso dejar piso

Me gustaría que me asesoras sobre unas cuestiones urgente sobre mi piso alquilado.
Hace más de un año alquilé mi piso a una pareja por tres meses con contrato.
Pasado los tres meses les deje ampliarlo verbalmente pero todo de palabra.(Por lo visto se prorroga hasta los 5 años).
Hoy me han llamado por teléfono para decirme que se habían ido del piso hace más de 15 días. No me han preavisado.
Tuve
Que ir rápidamente al piso sabiendo lo que me podían hacer en el.
Estaba todo lleno de basura pero bien, le cambie la cerradura y los
limpie.
Ahora me han llamado para decirme que le devuelva la
fianza. Yo le he comentado que me deben 2 recibos de suministros que no
ha pagado y los dos que vendrán ahora que tengo que restarlo de su
fianza.
También he visto que puedo añadirle el preaviso faltante.
La
Verdad es que he gastado mucho esfuerzo en dejarles el piso perfecto
para que se comporten así y me gustaría que me indicaras que puedo
hacer, porque por lo visto se niegan a afirmar lo que deben y no se si
pueden denunciarme por allanamiento de morada o algo así.

3 respuestas

Respuesta
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vamos por partes...

1.- Los contratos de alquiler pueden ser "de vivienda habitual" (para el uso permanente del inquilino como su domicilio habitual) o "de uso distinto", dentro de lo que tenemos los contratos de "temporada".

Los contratos "de vivienda habitual" tienen una duración (por Ley) de 5 años (es decir, que durante los 5 primeros años es el inquilino el que decide -año a año- si se queda o se marcha).

Los contratos de "temporada" tienen duración libre, y en el contrato se ha de indicar el principio y final del mismo. Una vez llegados al fin, se pueden ampliar (porque al inquilino le haya surgido un imprevisto, etc), pero siempre de acuerdo todos.

El caso que expone se puede encuadrar dentro de un "alquiler de temporada" (3 meses), que se prorrogó por diferentes motivos. No sería ampliable a 5 años.

2.- La fianza está para responder por desperfectos o impagos que se produzcan al final del arriendo. Por tanto, Usted puede descontar de la misma el último mes, los gastos de limpieza, reparaciones y los recibos de consumos hasta esa fecha. El resto "debería" devolverlo a los inquilinos (o reclamarles si no llega con la fianza).

¿Denunciarle por allanamiento? Lo veo poco viable. Usted tiene un contrato (supongo que "de temporada") que finalizó hace ya tiempo. Finalizado el contrato la vivienda pasa a manos del propietario otra vez (al menos en teoría), con lo que Usted podría haber accedido a la vivienda con todo su derecho.

3.- Preaviso de fin de contrato: habría que atenerse a lo acordado en el contrato. Caso de no haber nada, como el alquiler es "por mes", han de abonar el último mes completo.

Suerte!

El contrato de tres meses empezó en septiembre de 2011 después se prorrogó verbalmente.

Creo que es de vivienda habitual por lo que tengo entendido se prorroga hasta lo 5 años.

Me han dado el aviso telefónicamente ayer una vez abandonado el piso por lo visto hace 15 días. Me preocupa:

1. Si tengo problemas no puedo atestiguar que se han ido. Por lo cual pueden entrar cuando quieran y denunciarme por haber entrado.

2. Que llamen a un cerrajero, entren, se lleven todo y haber quien los encuentra.

3. Le puedo aplicar la penalización de falta de preaviso?

Gracias por la respuesta tan pronta la verdad es que estoy un poco desesperado por que es lo único que tengo.

Si el contrato es vivienda habitual, entonces se puede rescindir cualquier mes de septiembre, preavisando 1 mes antes (agosto) como mínimo. Por tanto ellos deberían "responder" por los meses que faltan hasta septiembre (cosa que Usted podría reclamar).

Por cuanto a sus preguntas:

1.- Estaríamos en una situación de "mi palabra contra la tuya". Siempre se pueden alegar mil cosas (que le dejaron las llaves en el buzón y le llamaron para avisarle, etc).

2.- Si entran con ayuda de un cerrajero (porque Usted ha cambiado la cerradura), entonces sí que es allanamiento por parte de ellos.

3.- Puede aplicar la penalización, pero no se lo recomiendo para evitar males mayores (guárdese esa carta en la manga por si la necesitase más adelante). Devuélvales lo que les corresponda y todos contentos, pero ni un céntimo más.

También sería recomendable que firmasen un documento de "fin de contrato y entrega de llaves". Puede presionarles con no devolver nada de la fianza hasta que se formalice (por escrito) la entrega de la vivienda.

Tiene un modelo de este documento en este enlace:

https://sites.google.com/site/papeleosalquiler/modelo-fin-contrato-arrendamiento

Suerte.

Respuesta
1

¿Entiendo qué este contrato no tiene/tenia prorroga automática?

Aunque habiendo comprobantes de pago mediante transferencia bancaria conlleva a la demostración de la continuación tácita del alquiler.

Tienen que ponerse a ello, y no es trivial ni fácil, pero si pueden ponerse en su contra.

Mi consejo, (aunque no se de cuanto son los importes), primero intente de buenas maneras que acepten el pago del tema de los recibos de una forma lógica sin stress (entiendo que les corresponde pagar de forma claro) y sino devuélvales la fianza íntegra para evitar líos. Con un cheque previa firma de un pequeño documento conforme se les ha devuelto la fianza ya que ha finalizado el arrendamiento acordado de la vivienda tal en fecha tal.

También puede hacer el documento expresando transferencia se realizará a num de cuenta tal...

Muchas gracias por su pronta respuesta.

LLevan desde septiembre de 2011, tres meses con contrato escrito y lo demás verbalmente.

Los suministros están domiciliados a mi nombre y ellos me los ingresaban todo por banco.

Con respecto al preaviso estoy bastante preocupado porque si sólo es verbal es como si pudieran estar todavía inquilinos. Y por consiguiente si he entrado, cambiado la cerradura y limpiado me podrían denunciar. (creo).

Y por lo que he hablado estos individuos al no admitir los recibos pendiente de muy malas maneras y no preavisarme pudieran entrar forzando la puerta.

No veo el contrato por lo que se me hace un poco difícil. El tema de indemnización por falta de preaviso debe estar estipulado en el contrato. En teoría pagarían los días que marque el preaviso desde que lo hicieron de forma fehaciente (una llamada no sirve).

Tampoco expone cuanto tiempo llevan en el piso; se prorroga automáticamente a voluntad de la parte arrendataria hasta 5 años solo a partir de 1 año de alquiler.

Es muy importante a quien esta el contrato de suministros, si está a su nombre o al de los arrendatarios.

De la fianza evidentemente puede deducir los gastos por dejar el piso en malas condiciones.

Aunque sin ver el contrato que firmaron de tres meses, y sin saber a que nombre esta el contrato de suministros. Tampoco hay comunicación fehaciente de que continúen ni que se hayan ido. No veo que puedan denunciarle a usted por nada.

Cualquier aclaración, estoy a su disposición.

Respuesta
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Lo primero es que tienes que leer atentamente las condiciones que constaban en tu contrato, por cuanto lo que cuentas presenta ciertas peculiaridades, ya que un contrato de 3 meses es un contrato de temporada por ser inferior al año, por lo que no le es de aplicación la prorroga de cinco años a que haces referencia, luego en cuanto a la prorroga que pactasteis no esta claro, si no serian como yo entiendo prorrogas continuas por tres meses.

En cuanto a la fianza, esta se da para el pago de los desperfectos que puedan causar y tambien se le pueden imputar los recibos que dejen pendientes, luego ya depende del tiempo que quieras perder hablando con ellos y demas que les imputes los gastos de limpieza y de poner el piso al dia, en cuanto a denunciarte ellos a ti, pues de todo he visto, pero no creo que sea el caso, si lo que quieren es recuperar la fianza, si quedais para que les devuelvas la parte que les quede de la fianza, te aconsejo firmeis un documento de fin del alquiler.

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