Multa de aparcamiento

Buenas tardes:
Mi problema es el siguiente, esta mañana me he encontrado con una multa en el parabrisas por estar estacionado entre dos señales de prohibido (donde siempre hay coches y nunca se multa)... La cosa es que me puesto una sanción grave por obstaculizar la circulación cuando paso todos los días por ahí y nunca tengo problemas para pasar.
¿Por qué me han puesto una sanción grave (cuando he aparacdo en una acera normal y corriente)?
¿Se puede recurrir?
En caso de que pagara la multa, ¿hasta cuándo está vigente la reducción del 30% por pronto pago?
Gracias de antemano

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Tenemos la creencia que "la costumbre hace Ley", con esto quiero decir que muchas veces lo que hacemos no es lo correcto. Está claro que si hay una señal de prohibido estacionar es para respetarla, de lo contrario ya sabe lo que puede ocurrir.
Yo sin ver lo acaecido no puedo darle mi opinión sobre la sanción, con lo cual no le puedo decir el motivo de haberle impuesto una sanción grave; lo que si está claro que los Agentes así lo han apreciado.
Todas las denuncias se pueden recurrir, ahora la administración correspondiente nos la puede ESTIMAR o DESESTIMAR.
La reducción del 30% está vigente hasta la iniciación del procedimiento, esto es desde que se la notifican por correo hasta que empiezan con los trámites de la sanción, aproximadamente unos 20 o 30 días, ya que la denuncia en el parabrisas NO se considera notificada.
Le facilito una web para orientarse en un posible recurso: http://www.terra.es/personal/waltrap/recursos.htm
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