Ayuda familiar o jubilación anticipada

En marzo cumplo 64 años. Tengo reconocida la ayuda familiar de 426 euros, en principio, hasta que cumpla los 65 años, pero también tengo derecho a la jubilación anticipada. ¿Qué es más beneficioso? Seguir con la ayuda familiar hasta los 65 años, o pedir en marzo (cumplidos los 64) la jubilación anticipada.

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Siempre que tengas derecho al complemento a mínimos yo creo que te interesa mas solicitar la jubilación anticipada porque siempre te quedara una pensión con una cuantía superior a los 426 euros que cobras de la ayuda familiar, pero par saber lo que te puede corresponder por la pensión de jubilación tienes que solicitar en la tesorería provincial del INSS que te hagan el calculo de la base reguladora de la pensión y si te interesa mas cobrar la pensión que la ayuda familiar entonces cuando te corresponda solicitar la pensión de jubilación jubilación comunicas al SEPE que vas a cobrar la pensión de jubilación para que en el momento en el que te empiecen a pagar la pensión el SEPE cancele el pago de la ayuda familiar, este es un detalle que tienes que tener en cuenta porque la pensión es incompatible con la ayuda familiar y si no avisas al SEPE después te van a reclamar la devolución de lo que hayas cobrado si también cobrabas la pensión de jubilación.. Por eso es mejor que te informes en la tesorería provincial del INSS porque es la tesorería quien te tiene que hacer el calculo de la base reguladora de la pensión de jubilación.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

Y el complemento por mínimos te lo dan aunque no hayas llegado a los 65 años??? Y en ese caso, me lo da la Seguridad Social, o tengo que pedirlo yo expresamente al pedir la jubilación anticipada??

Muchas gracias

El complemento a mínimos se lo conceden a los trabajadores que hayan tenido que anticipar la jubilación de forma involuntaria y de tener derecho a cobrarla el INSS la concede de oficio sin tener que solicitarla.. Pero como ya te comente en la anterior respuesta, para cuestiones relacionadas con las pensiones lo mas seguro para solucionar cualquier tipo de duda es acudir a la tesorería provincial del INSS.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..

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