Mis derechos laborales

Hola de nuevo, quisiera retomar la conversación que tuvimos el día 08/02/1011, sobre el tema de mis derechos laborables, puesto que después de haberle expuesto el tema a la empresa, parece que me quiere hacer fijo discontinuo. Lo que más raro se me hace es que desde que le he comentado el tiempo que llevo trabajando para ellos, si realmente me correspondía ser fijo de empresa, acediesen a hacerme fijo discontinuo a partir del 01/03/2011, eso no es lo más raro, sino que al mismo tiempo se lo están proponiendo a 16 compañeros más. Mis preguntas son que esta pasando aquí, hay algún tipo de subvención para la empresa, que debo pedir que me pongan en el nuevo contrato, desde cuando me deben respetar la antigüedad, en que me perjudica o beneficia este tipo de contrato, en concreto dime si debo pedirles que me pongan en el contrato alguna clausula en concreto. Si puedes ayudame un poco puesto que ya no me queda mucho tiempo para decidirme, muchas gracias.
Un saludo.

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Los contratos fijos discontinuos tienen bonificaciones, pero una de las exclusiones es no haber tenido una relación con contrato temporal con la empresa, en los 6 meses anteriores, con lo que no cumpliríais los requisitos.
Para la empresa puede resultar ventajoso hacer contratos fijos discontinuos, pues a la finalización de cada obra, no tiene que indemnizar y liquidar a los trabajadores, se les da de baja y luego cuando vuelvan a tener actividad realizan los llamamientos.
Para ti tiene la ventaja de que te garantiza que te van a llamar cuando haya trabajo, y en caso de que no lo hagan puedes reclamar el despido improcedente, con la consiguiente indemnización y conservando la antigüedad.
En teoría si entre los contratos temporales hay periodos superiores a 20 días, podría considerarse interrumpida la antigüedad, no obstante hay alguna sentencia que considera que sí existe solución de continuidad y por tanto antigüedad consolidada (aunque no suele ser la norma general).
Hola de nuevo, lo que me comentas de las bonificaciones no me queda nada claro ( bonificaciones a quien ). Si firmo este contrato, el contrato de obra que tengo en estos momentos y que se rompería claro esta, ya no tiene indemnización, o seria a partir del nuevo contrato de fijo discontinuo y el tema de vacaciones tampoco me corresponderían. En que régimen deben de contratarme a partir de ahora ( en el general o en el de artistas) sea por varios días o por un solo día. Tampoco me ha quedado claro si es como empezase de nuevo en la empresa o si se me respetaría algún tipo de antigüedad, en las próximas nominas tendría derecho ha algún incentivo por antigüedad. Cuanto tiempo puedes estar en esta situación sin que nadie les obligue ha hacerte fijo de empresa. No me has ayudado en si debería pedir algún requisito en este tipo de contrato. Muchas gracias y disculpa si soy un poco pesado, pero el que no sabe es como el que no ve.
Las bonificaciones son para las empresa. Al contratar con contratos indefinidos a determinados colectivos que cumplan ciertos requisitos, tienen descuentos en las cotizaciones a la seguridad social. Como te decía antes, entre los requisitos se exige no haber tenido un contrato temporal con la empresa en los seis meses anteriores, por lo que tú no lo cumplirías y la empresa no podría beneficiarse.
Pueden pasar dos cosas, que te hagan una transformación del contrato temporal que ya tienes o que finalicen el contrato temporal y te hagan uno nuevo. En cualquiera de los dos casos, la antigüedad tendrías que conservar al menos la de este último contrato temporal. Si te hacen un contrato nuevo, deberían liquidarte el contrato anterior: pagas extra, vacaciones e indemnización, y si te lo transforman no tendrían por qué liquidarte, las vacaciones las tendrías acumuladas para disfrutarlas, y lo mismo para las pagas extra, la indemnización entiendo que no la tendrías que cobrar pues no te finalizan el contrato, lo transforman.
Sobre el régimen de encuadramiento, dependerá de cual sea exactamente tu actividad, te pongo un enlace de la seguridad social donde se determinan las actividades incluidas en el régimen de artistas, tendrás que ver si se ajustan a las tareas que realizas.
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/RegimenesQuieneslos10548/RegimenGeneraldelaS10562/RegimenesEspeciales32737/index.htm#32739
Si te hacen un contrato fijo-discontinuo, es un contrato indefinido, estos contratos son para empresas que tienen su actividad cíclica o intermitente, con lo cual te quedarías siempre en esta situación (mientras la empresa siga haciendo lo mismo). Si te hicieran un nuevo contrato temporal, es lo que te comentaba, si estás más de 24 meses en un periodo de 30 en esa situación, serías fijo automáticamente.
Sobre cláusulas, no veo necesaria ninguna especial, simplemente que te asegures que te mantienen la antigüedad en la empresa, con lo que en el momento que cumplieras los años que marca el convenio para cobrar el plus de antigüedad, empezarías a cobrarlo o si estás cobrando antigüedad a día de hoy, seguirías cobrándola.

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