Tributación IVA yoga y pilates

L dedicada a la formación homologada, también se dedica a dar clases de yoga y pilates en asociaciones culturales, centros sociales, etc...
La dirección general de tributos considera al yoga como actividad deportiva y tributaria al 8%, ¿pero sabéis si pilates también?
¿También me surge la duda de al estar emitidas a asociaciones culturales y centros sociales y no a personas físicas tributan al 8%?
Si es así, ¿Habría qué hacer prorrata entre las actividades exentas de iva que realiza la s.l y las que tributan al 8% para presentar el modelo 303?

1 respuesta

Respuesta
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A tu primera pregunta sobre el Pilates, tributa al 8% ya que es lo que tributan los gimnasio, por o que la actividad de Pilates puede considerase similar.
La SL. Debe aplicar el IVA correspondiente independientemente de que el cliente sea asociaciones, centros culturales incluso administraciones públicas.
No hay prorrata si todas tus actividades repercuten el IVA.
En consultas a Hacienda dicen:
Cuando el destinatario sea una persona física, el tipo impositivo aplicable es el 8%. ¿Y sino es persona física? De ahí viene mi duda. Gracias
La actividad siempre se grava al 8 % con independencia de que el sujeto pasivo sea persona física o jurídica, el tipo de IVA nunca sufre modificación alguna en función de a quien se facture.
Gracias, ¿una ultima pregunta sabes en que epigfrafe le debo dar de alta entonces?
No tiene epígrafe especifico por lo que deberá ser un genérico.
Agrupación 89 profesionales diversos
Epigrafre 899 otros profesionales diversos.
ES una s.l no puedo poner un epígrafe profesional
Perdona creía que lo hacías como persona física no como sociedad:
Actividad de gimnasio es el 967.1, dentro del grupo 967 "Instalaciones deportivas y escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte"
Verdana
Le ruego y valore la respuesta a su pregunta con el fin de dar por cerrada la misma.

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