Exención IVA parcial

Entiendo que la principal actividad de nuestro negocio seria exento del IVA. La enseñanza de Idiomas. También, entiendo que por eso no poderemos recuperar el IVA en los gastos. Pero, mi pregunta es si facturamos otras cosas que son sujecto de IVA (por ejemplo libros de texto (4%), materiales como papel, etc.16%) ¿Podemos cobrar IVA y recuperar una cantidad proporcional del IVA de nuestras compras? ¿Merece la pena de hacerlo?

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Si tiene dos actividades, una exenta de iva y l otra no, entraría en prorrata de iva, general o especial.
Básicamente se trata de que para el IVA tienen dos "contabilidades". En todas las compras que tengan que ver con la actividad exenta trataran el IVA como más gasto, las ventas serán sin IVA.
En las actividades sujeta a IVA,(venta de libros), las facturas de compra que tengan que ver con esa actividad (única y exclusivamente) serán deducibles y las facturas que emitan serán con IVA. Según la diferencia salrá a pagar o a devolver.
A efectos de IVA hay dos empresas diferentes y diferenciadas, no se puede deducir el iva de una en la otra, Estos es a grandes rasgos la regla de prorrata especial.

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