Rebaja sueldo base

Buenas tardes,

Soy una aux. Administrativa de una asociación, este mes de Febrero han decidido reducirme el sueldo unos 6000 euros en total del año y aplicarme el mínimo que marca el convenio.

Yo firme un contrato indefinido hace 2 años atrás con otro salario mucho mas alto.

Esto es legal?

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Las empresas pueden reducir los salarios de sus trabajadores de forma individual o colectiva sin llegar antes a un acuerdo con los representantes de los trabajadores si con ello mejora su competitividad u organización. Para ello, el empresario solo tendrá que alegar "probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción", según se desprende del decreto ley que desgrana la reforma laboral aprobada el viernes en Consejo de Ministros y publicada ayer por el Boletín Oficial del Estado (BOE). La nueva regulación laboral impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy ha modificado el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores para incluir la cuantía salarial entre las "modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo" que la dirección de una empresa puede decidir sin necesidad de acuerdo con los trabajadores. Hasta ahora dentro de esas condiciones se recogían sólo la jornada laboral, el horario y distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración -donde ahora se incluye "y cuantía salarial"-, el sistema de trabajo y rendimiento o las funciones, "cuando excedan de los límites de la movilidad funcional que prevé el artículo 39 de esta ley". La redacción del artículo mantiene su encabezado, donde dice textualmente "la empresa podrá acordar", aunque en realidad, la decisión podrá ser unilateral y sin acuerdo si el objeto del cambio no está regulado en un convenio colectivo. Cuando cualquiera de las modificaciones se dirija a un solo empleado o a menos del 10% de la plantilla, la empresa sólo tendrá que comunicárselo al trabajador y a sus representantes legales con 15 días de antelación. El empleado puede renunciar entonces a su puesto de trabajo -con una indemnización de 20 días por año trabajado- y/o impugnar la medida ante los juzgados de lo Social.. De todas formas es aconsejable que te pongas en contacto con un sindicato o con algún abogado de oficio para que te asesoren sobre como tienes que proceder ante una reducción salarial tan importante,, Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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