Duda alta en autónomos miembros sociedad civil

Entre un amigo y yo teníamos pensado crear una sociedad civil para realizar una serie de proyectos. Yo estoy trabajando por cuenta ajena y dado de alta en el régimen general de la SS.
La idea que teníamos es que mi amigo se diera de alta en autónomo y ejerciera como administrador de la sociedad, y yo sólo apareciera en ella como socio capitalista y no me diera de alta en el RETA.
¿Es eso posible o debería darme de alta yo también en el RETA?
Si es posible, ¿puedo firmar alguna documentación (talones, contratos...) en nombre de la sociedad?

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Para evitarse todo tipo de problemas debería darse de alta en el RETA ya que se supone que los miembros de una sociedad civil deben estar dados de alta como autónomos para poder obtener rendimientos de la actividad profesional ya que no deja de ser una comunidad de bienes.
Existen formas de poder firmar como es el apoderamiento para ejercer las funciones de apoderado pero es irregular que en el caso de una sociedad civil no esté dado de alta como autónomo ya que le podrían obligar a convertir la sociedad civil en una mercantil donde si podría desempeñar la figura de socio capitalista.
El hecho de no ser autónomo le impedirá percibir rendimientos de la sociedad civil durante el ejercicio económico.
La sociedad civil no es una forma de eludir las responsabilidades de una sociedad mercantil sino una forma en la que dos autónomos pueden unirse para compartir bienes con los que llevar a cabo una actividad profesional. De hecho, la sociedad civil si no se eleva a público carece de personalidad jurídica (siendo los miembros de la misma los que cuentan con esa personalidad jurídica) cosa que supone tributar cada uno de los miembros por IRPF en la llamada modalidad de atribución de rentas.
Si su idea es permanecer como socio capitalista debieran haber creado una mercantil.

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