Sociedad limitada

Hola, he creado una S.L. Recientemente y estoy echa un lío. EStoy empezando y no tengo muchos clientes, así que tengo ingresos bajos, pero gastos de alquiler, luz, teléfono, compra mercancía, etc altos. Me han dicho que al ser una S.L. Me controlan más los movimientos bancarios que pueda hacer, de cara a una inspección de Hacienda. ¿Puedo meter dinero personal de forma continua en la cuenta de la empresa para poder hacer frente a esos gastos ( es que algunas veces no quiero hacer gastos de publicidad u otra cosa porque no tengo dinero en la cuenta de la empresa para poder justificarlos )?. ¿Se considera aportación de socios, pero sin ser ampliación de capital social? ¿Puedo sacar dinero de la cuenta de la empresa para pequeños gastos sin justificar?. En fin, que no se si debo o no meter dinero en el banco y de que forma hacerlo, a ver si me puedes ayudar. Muchas gracias.

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Puede hacer sus aportaciones de dos modos:
a) Realizando un contrato de préstamo privado (por escrito) entre vd., y la mercantil.
b) Puede utilizar la cuenta con socios y administradores del plan contable 551 - Cuenta Corriente con Socios y Administradores, así, a través de esa cuenta puede realizar aportaciones personales que supondrán deudas que la empresa tiene con vd.
Respecto a sacar dinero de la cuenta para gastos personales sin justificar, si son pequeños no es peligroso pero no es correcto, se acostumbra uno y esos movimientos si se prolongan en el tiempo, en caso de cierre de la empresa y deudas con acreedores pueden suponer un proceso de descapitalización de la empresa paulatino que puede suponer responsabilidad personal del administrador y por ello la pérdida de la limitación de responsabilidad ante las demandas de terceros acreedores.
En todo caso, al tener vd., una mercantil y no tener excesivos conocimientos empresariales le recomendaría, si no quiere tener riesgo de cierre en los próximos meses:
a) Contratar un asesor de empresas
b) Confeccionar un plan de empresa y un plan económico financiero que le sirva de referente y guía como mínimo para los próximos tres años.
c) Desarrollar un plan de tesorería acorde.

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